DERECHOS HUMANOS

El respeto a los derechos humanos es un componente esencial de la gobernabilidad. Por ello, es importante reforzar sus principios en la sociedad.

El artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos refiere que todas las autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, entre ellos que las personas tengan y puedan ejercer el derecho a la vida, a la libertad, al trabajo, a la salud, a la educación y a la cultura.

Es indispensable garantizar la dignidad de las personas y una sociedad armónica. Estas acciones le corresponden directamente al estado, a través de instrumentos que impulsen el progreso como sociedad: principio fundamental de los derechos humanos.

De acuerdo con el INEGI, en el año 2013 habían 6.7 oficinas de Derechos Humanos por cada millón de habitantes, situación que colocaba al estado en segundo lugar nacional por debajo de Baja California Sur, y casi cinco más que el promedio nacional de 1.8.

El mismo organismo registró 136 hechos presuntamente violatorios denunciados ante los Organismos Públicos de Derechos Humanos, por cada cien mil habitantes, ubicándose en quinto lugar de las entidades federativas con mayor número de denuncias.

Es preciso mencionar que a nivel estatal las procuradurías o fiscalías generales de justicia, son el órgano que cuenta con un mayor número de recomendaciones emitidas por las instancias de derechos humanos.

De acuerdo con la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en el año 2015, Quintana Roo registró 204 quejas interpuestas ante esta instancia, lo que ubica a la entidad en el lugar 19 a nivel nacional.

Derivado de la reforma del año 2011 en materia de Derechos Humanos y de acuerdo a la Plataforma de Seguimiento a la Armonización Normativa de los Derechos Humanos37, de la CNDH, los estados deben incorporar en su constitución política las principales reformas que se hicieron en la constitución federal. Quintana Roo tiene un avance del 81.8% en la actualización de su normatividad en materia de derechos humanos, de acuerdo con las modificaciones.

Seguimiento a la Armonización Normativa https://armonización.cndh.org.mx

Los aspectos que sí se consideran en la Constitución local, en materia de derechos humanos son:

  • Principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad: artículo 12, párrafo tercero.
  • Principio de interpretación conforme a los tratados internacionales: artículo 7; artículo 12, párrafo segundo; artículo 13 apartado A, fracción IX, párrafo segundo.
  • Obligación de todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos: Artículo 12, párrafo tercero.
  •  Prohibición de toda discriminación motivada por las preferencias sexuales: Artículo 13, párrafo segundo.
  • Obligación del estado de fomentar el respeto a los derechos humanos en la educación que imparta: Artículo 32, párrafo sexto.
  • Obligación de establecer y garantizar la autonomía de los organismos de protección de los derechos humanos en las constituciones de las entidades federativas: Artículo 94, párrafo segundo.

Por su parte, el Índice Global de Impunidad en México 2016 (IGI-MEX 2016), elaborado por la Universidad de las Américas Puebla (UDLAP), el Consejo Ciudadano de Seguridad y Justicia y el Centro de Estudios sobre Impunidad y Justicia UDLAP. Está compuesto con información de tres dimensiones que construyen la cadena de impunidad: delitos no denunciados (cifra negra), el funcionamiento y las capacidades de los sistemas de seguridad y justicia.

Considera una dimensión estructural, la dimensión funcional y la cifra negra. La dimensión estructural reporta las capacidades instaladas con las que cuentan los estados para castigar a aquellos que infringen el Estado de Derecho; la dimensión funcional registra la forma en que las áreas de gobierno encargadas de castigar a quienes violentan el estado de Derecho operan; y la cifra negra permite identificar el porcentaje de delitos no registrados dentro del sistema de procuración de justicia que quedan sin castigo.

El índice es un modelo econométrico de variables que utiliza como fuente principal los Censos Nacionales de Gobierno, que son instrumentos de información estadística y geográfica provenientes de registros administrativos de los tres Poderes de la Unión en los tres órdenes de gobierno: federal, estatal y municipal, así como de organismos públicos de carácter autónomo relacionados con temas de seguridad pública, procuración e impartición de justicia, y sistema penitenciario.

También muestra el número de recomendaciones emitidas por las comisiones estatales entre los años 2010 y 201438. El estado recibió dos en el periodo de estudio: una fue por ejecuciones extrajudiciales y la otra por encarcelamiento político, ubicándose en el lugar 25 a nivel nacional.

A través de tres Visitadurias Generales y Adjuntas ubicadas en los municipios, la Comisión de Derechos Humanos del estado (CDHQROO) recibe todo tipo de quejas relacionadas con la violación a estos derechos. De acuerdo con los informes de gobierno de la administración 2011-2016 el órgano autónomo registro un total de 6 mil 535 quejas. Cabe destacar que el aumento en el número de quejas puede obedecer a la falta de respeto de los derechos humanos que prevaleció en el gobierno en mención, ya que de 694 quejas registradas en el año 2012, pasaron a mil 788, esto es, 157% más en tan sólo tres años (ver gráfica 2.23).

Gráfica 2.23 Quejas recibidas

 

http://www.udlap.mx/igimex/assets/files/IGI-MEX_CESIJ_2016.pdf

El número de recomendaciones derivadas de las quejas sumo 186, siendo el año 2014 cuando se emitieron más. La Procuraduría General de Justicia es la instancia que recibe más recomendaciones por la violación a derechos humanos de los quintanarroenses (ver gráfica 2.24).

Gráfica 2.24 Recomendaciones CDHQROO

 

Datos del último Informe del Gobierno de la Administración 2011-2016 indican que durante 2015 se registraron 718 quejas por violación a los derechos humanos en Felipe Carillo Puerto, por lo que fue el municipio donde más atropellos hubo en este rubro.

Esto nos marca la pauta para mejorar el desempeño de las instituciones, pues la responsabilidad de hacer de los derechos humanos y de la cultura de la legalidad una condición para el bienestar general corresponde siempre y de manera compartida a los distintos niveles de gobierno.

Con frecuencia, las transgresiones a la ley han minado los valores de responsabilidad social y civismo entre la ciudadanía y ha creado nichos de corrupción que se incrustan en lo más profundo del comportamiento institucional.

En el subíndice Derechos Políticos y Libertades Civiles del Índice de Desarrollo Democrático 2015 IDD-MEX 2015, que mide la percepción que tiene la sociedad local acerca del grado de respeto que hay en los estados sobre los derechos políticos (incluye los derechos humanos; de las personas; derechos de asociación y organización; autonomía personal y derechos económicos), Quintana Roo se encuentra en el lugar 28, con una calificación de 3.434 puntos que consigna un bajo desarrollo.

Lo más lamentable es que el abandono del principio de legalidad afecta la conciencia de niños y jóvenes y pone en riesgo la esperanza de una convivencia pacífica y ordenada.

¿En qué debemos actuar inmediatamente?

Combatir la corrupción implica enfrentar la problemática desde la raíz, dentro y fuera del estado, pues en ocasiones se convierte en todo un sistema de poder subterráneo. De ahí la necesidad de combatir permanentemente la corrupción y la impunidad para impedir la violación sistemática de los derechos humanos.

Se deduce entonces que el respeto hacia los derechos humanos sólo será efectivo en la media en que los quintanarroenses los conozcan y los promuevan, pues de esa forma podrán accederse a la plenitud del desarrollo humano. Además, corresponde a las autoridades de todos los niveles capacitar a sus servidores públicos para hacer respetar los derechos humanos de los quintanarroenses.

Los derechos humanos incluyen la participación decisiva de la sociedad en todos los procesos de gobierno, pues cuando los ciudadanos colaboran en la toma de decisiones se distribuyen responsabilidades y se hacen eficaces todos los procesos institucionales.

Por ello, la participación debe erigirse como un medio para encontrar consensos en el desarrollo generalizado de nuestro estado. La idea es procurar una intervención desde todos los ámbitos de acción, como lo son el económico, el social, el ideológico, el político y el territorial.

A la par, en la Constitución del Estado debe considerarse el principio pro persona y la obligación del estado de organizar el sistema penitenciario, de tal manera que la base sea el respeto a los derechos humanos.