La STyPS vigila el cumplimiento del pago de reparto de utilidades a las y los trabajadores

1

 

*Los patrones están obligados a realizar este pago a más tardar el 31 de mayo (personas morales) y hasta como límite el 30 de junio (personas físicas)

Chetumal.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, iniciará la “Jornada de Verificación del Pago de Utilidades a las y los Trabajadores”, para lo cual se girarán durante el presente mes de junio exhortos a los patrones para que acrediten el cumplimiento de esta obligación.

Lo anterior, tomando en consideración que las personas morales ya debieron efectuar el pago correspondiente a los trabajadores de conformidad a las utilidades obtenidas durante el ejercicio 2019.

Cada año, las y los trabajadores tienen derecho a recibir el 10% de las utilidades que se generaron en la empresa durante el año inmediato anterior, lo que se conoce como Reparto de Utilidades.

Este derecho corresponde a trabajadores con más de 60 días laborados al año, empleados asalariados sin cargo jerárquico como administradores, directores o gerentes, además de las excepciones que establece la Ley Federal del Trabajo.

El artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo, establece que las utilidades de la empresa se deberán entregar en porcentaje proporcional al tiempo laborado y el pago será repartible en dos partes iguales:

1. Por igual entre todos los trabajadores, según los días trabajados.

2. En proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado.

Es importante también conocer cuáles son las empresas exentas del Reparto de las Utilidades a los Trabajadores.

• Las que sean de nueva creación y se encuentren dentro del primer año de funcionamiento.

• También si han elaborado un producto nuevo, quedan exceptuadas durante los dos primeros años.

• Las compañías de índole minera siempre que sean de nueva creación, durante el periodo de exploración.

• Aquellas instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

• También están exentas las instituciones de asistencia privada.

• Las empresas que hayan logrado un ingreso anual declarado para el ISR menor a 300,000 pesos.

• Las empresas que no hayan generado utilidades.

En caso de no haber recibido este concepto o requieres asesoría, puedes comunicarte a nuestro Call Center STyPS a los teléfonos: 983-83-51358 (Cancún) 983-83-51359 (Olaya del Carmen) 983-83-51360 (Cozumel) 983-83-51361 (Chetumal)

También puedes solicitar esta asesoría en línea desde una computadora o cualquier dispositivo móvil en: bit.ly/QuejaAsesoria

En caso de ser muy necesario que la atención sea de manera presencial, te atendemos en las oficinas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (Área de Inspecciones) ubicadas:

En Chetumal: Av. Efraín Aguilar No. 467, Colonia Campestre.

En Cancún: Plaza Comercial The Village Av. Kabah, SM. 14-A, Mza. 4, Lote 2 y 3, Locales del B-201 al B-214, Planta Alta.

Procuradurías de la Defensa del Trabajo Chetumal: CalleCristóbal Colón Núm. 171-A, Segundo Piso, entre Av. Héroes y Calle 16 de Septiembre, Col. Centro.

Cancún: Plaza Comercial The Village Av. Kabah, SM. 14-A, Mza. 4, Lote 2 y 3, Locales del B-201 al B-214, Planta Alta.

Playa del Carmen: Av. 30 entre 36 y 36 Bis, Lotes 6,7 y 8 Mza. 96 Col. Centro.

Cozumel: 10 Av. con Calle 2 Norte esquina Plaza Garza Blanca, Col. Centro.

Chetumal, Quintana Roo