Secretaría del Trabajo y Previsión Social

ESCUDO_final

Comité de Ética y Prevención de Conflicto de Interés (COEPCI) de la STYPS

Mtro. Jahir Latabán Hernández

Presidente del COEPCI

Lic. Ruth Beatriz Pech Castro

Secretaria Ejecutiva del COEPCI

Lic. Josefa Concepción Colin Antunez

Miembro Propietario del COEPCI

Lic. Jesús Alberto Alpuche Javier

Miembro Propietario del COEPCI

Lic. Alvaro Carin Valencia González

Miembro Propietario del COEPCI

Lic. Areli Eunice Buenrostro Sansores

Miembro Propietario del COEPCI

C. Aldrin Alexis Medina Cruz

Miembro Propietario del COEPCI

Código de ética – 08 de marzo de 2024.pdf Descargar
Acta de instalación del comité de ética – 06 diciembre 2022.pdf Descargar
Acta de conteo y validacion de resultados – 01 diciembre 2022.pdf Descargar
Procedimiento para la recepción de delaciones de SATYPS- 30 de septiembre de 2023.pdf Descargar
Código de conducta de los servidores públicos adscritos a la STYPS y el SEECAT – 21 de abril de 2021.pdf Descargar

1. La persona interesada podrá presentar su delación (queja o denuncia) a través de los medios siguientes:

a) Directa y/o física: Es la proporcionada por las y los interesados de manera personal en la oficina de la Secretaría Ejecutiva del COEPCI, en días hábiles y en un horario de 9:00 a 15:00 horas, en el domicilio ubicado en Av. Efraín Aguilar No. 467. Colonia Campestre. Código Postal: 77030, entre Av. Armada de México y Calle 7 de enero. Chetumal, Quintana Roo, México; de no entregarse documento alguno, se levantará Acta en el que se haga constar las manifestaciones correspondientes.

b) Electrónica: Es la recepción en la cuenta de correo: stps@qroo.gob.mx

  • El escrito de delación (queja o denuncia) puede ser en escrito libre dirigido a la Presidencia del COEPCI o bien utilizar el formato que se adjunta como Anexo 1 y debe contener los datos mínimos de identificación, como son: nombre, apellidos, domicilio y un número telefónico o cuenta de correo electrónico en donde se pueda localizar a la o el divulgador. Además de estar debidamente firmado.
  • De igual forma se debe señalar el nombre de la persona servidora pública involucrada, cargo que desempeña en la STyPS (en caso de conocerlo), fecha y lugar en que acontecieron los hechos y conductas que presuntamente impliquen un incumplimiento a los Códigos de Ética, de Conducta y a las Reglas de Integridad.
  • Describir brevemente los hechos o conductas, los medios probatorios de la conducta, entre éstos, los de al menos dos terceros que hayan conocido de los hechos.
  • Se podrá admitir la presentación de delaciones anónimas (quejas o denuncias), siempre que en ésta se identifique al menos a dos personas que le consten los hechos.

2. Una vez recibida la delación (queja o denuncia), la Secretaría Ejecutiva del COEPCI, tendrá hasta tres días hábiles, para registrarla y asignarle un número de expediente y verificar que cumpla con los requisitos descritos en el numeral previo.

3. Una vez realizado el análisis de la delación (queja o denuncia) si ésta no cumple con los requisitos, la Secretaría Ejecutiva del COEPCI, en un plazo de hasta tres días adicionales a los establecidos en el numeral precedente, se comunicará a la persona servidora pública que la haya presentado para que, en un plazo no mayor a tres días hábiles, contados a partir del día siguiente de su notificación, subsane las deficiencias detectadas a efecto de que se pueda darle trámite y se haga del conocimiento del COEPCI.

4. Si la persona interesada no subsana las deficiencias en el plazo señalado en el numeral que antecede, la Secretaría Ejecutiva del COEPCI archivará el expediente como concluido. Sin embargo, la información contenida en la delación podrá ser considerada como un antecedente para el COEPCI cuando involucre reiteradamente a un servidor público en particular.

5. Una vez que la delación (queja o denuncia) cumple con los requisitos, la Secretaría Ejecutiva del COEPCI en un plazo de hasta cinco días hábiles, enviará correo electrónico con los documentos de la delación (queja o denuncia) a la Presidencia y a los miembros del COEPCI, para efecto de su calificación, la cual deberá de realizarse en un término de 20 días hábiles contados a partir de la fecha de su recepción por parte del COEPCI.

6. La Secretaría Ejecutiva en un plazo de hasta cinco días hábiles contados a partir de que la delación (queja o denuncia) cumple con los requisitos, comunicará la persona interesada la primera acción realizada.

7. El COEPCI en un plazo de hasta veinte días hábiles contados a partir del turno de la delación (queja o denuncia) la califica, radica y emite acuerdo para inicio del análisis.

8. De resultar la no competencia, la Presidencia del COEPCI en un plazo de hasta cinco días hábiles a partir de la calificación, orientará a la persona interesada sobre la instancia competente.

9. Si se determina el probable incumplimiento de las normas a que se refiere este procedimiento, el COEPCI, podrá conformar una Comisión, con al menos tres de sus miembros, para efecto de que entrevisten a la persona servidora pública involucrado, de estimarlo necesario, para allegarse de mayores elementos, a los testigos y a la persona que presentó la delación, debiendo dejar constancia por escrito.

10. Los integrantes de la Comisión que para tal fin se conforme, presentarán sus conclusiones; si se considera un incumplimiento de las normas a que se refiere este procedimiento, el COEPCI en un plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la fecha de la recepción de las conclusiones, emitirá sus observaciones o recomendaciones.

11. De estimarse una probable responsabilidad administrativa de la persona servidora pública involucrada, dará vista al órgano interno de control de la STyPS o a la autoridad competente. La Secretaría Ejecutiva en un plazo de hasta cinco días hábiles contados a partir de la determinación del COEPCI, notificará las conclusiones y/o determinación a la persona que presentó la delación, a la persona servidora pública involucrado y a su superior jerárquico.

Sesiones realizadas y programadas 2023

Tercera Sesión Ordinaria

Realizada el 20 de diciembre de 2023 10:00 hrs

Resumen: Se aprueba el acta de la segunda sesión ordinaria 2023 así como los acuerdos de dicha sesión. Se aprueba el caleindario de sesiones ordinaria para 2024.

Acta de Sesión – COEPCI 3A SO 2023.pdf Descargar
Segunda Sesión Ordinaria

Realizada el 30 de octubre de 2023 10:00 hrs

Resumen: Se realizó la lectura y aprobación del acta de la primera sesión ordinaria 2023, además, se aprueban los avances realizados sobre el plan de trabajo 2023. Por último se aprueba la propuesta para la modificación del procedimiento para la recepeción y atención de las delaciones.

Acta de Sesión – COEPCI 2A SO 2023.pdf Descargar
Primera Sesión Ordinaria

Realizada el 30 de marzo de 2023 12:00 hrs

Resumen: Se realiza la revisión y análisis de las propuestas del plan de trabajo 2023.

Acta de Sesión – COEPCI 1A SO 2023.pdf Descargar

Sesiones realizadas y programadas 2022

Primera Sesión Extraordinaria

Realizada el 06 de diciembre de 2022 14:00 hrs

Resumen: Se realiza la elección de presidente del COEPCI, designación de secretario ejecutivo y se revisan asuntos generales.

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Tercera Sesión Ordinaria

Realizada el 05 de noviembre de 2022 12:00 hrs

Resumen: Se da seguimiento a los acuerdos de la sesión anterior y a las actividades del plan anual de trabajo. Se da informe de las delaciones en la Secretaría.

Acta de Sesión – COEPCI 3A SO 2022.pdf Descargar
Segunda Sesión Ordinaria

Realizada el 07 de julio de 2022 12:00 hrs

Resumen: Se da seguimiento a las actividades del plan anual de trabajo del ejercicio fiscal 2022.

Acta de Sesión – COEPCI 2A SO 2022.pdf Descargar
Primera Sesión Ordinaria

Realizada el 17 de febrero de 2022 12:00 hrs

Resumen: Se realiza análisis de propuestas de objetivos y actividades para la elaboración del Plan Anual de Trabajo del Ejercicio Fiscal 2022 así como la aprobación del Informe Anual de Actividades del Ejercicio Fiscal 2021 del COEPCI.

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