REQUISITOS QUE DEBEN CUBRIR LOS ESTABLECIMIENTO QUE VENDEN AGUA PURIFICADA

El establecimiento debe contar con aviso de funcionamiento el cual debe estar a la vista de los consumidores.

Utilizar agua potable como materia prima. Que cumpla con las especificaciones señaladas en la NOM-127-SSA1-1994

Contar con instalaciones físicas, sanitarias, equipo y utensilios en buen estado de mantenimiento y limpio.

Observar que el área de llenado se encuentre totalmente aislada, que no sea abierta, ni para entregar el garrafón, de acuerdo a la NOM-201-SSA1-2015.

Que el garrafón se encuentre bien cerrado con sello de garantía sin roturas, que mencione los datos del fabricante: (domicilio, marca, fecha de elaboración y número de lote)

Que cuente con letrero de leyenda preventiva visible para el consumidor señalando el riesgo que representa para la salud el llenado de envases sucios y manejo de envases destapados, así como la forma correcta de lavar y desinfectar los envases.

Las máquinas automáticas de agua y hielo deben estar ubicadas en recintos cerrados y deben estar aisladas de áreas de tránsito vehícular y de la vía pública.

Los vehículos que transportan agua y hielo deben ostentar el nombre y domicilio de la empresa responsable del transporte.

El personal que está en contacto con materia primas (agua potable), material de empaque (envases y tapas), productos en proceso y terminado, equipo y utensilios, debe estar limpio en su persona y ropa de trabajo (uniforme), en todo momento cubrirse totalmente el cabello y la boca, mantener las manos limpias y sin heridas, las uñas sin barniz y recortadas al ras de acuerdo a la NOM-251-SSA1-2009.