Subsecretaría de Derechos Humanos

ESCUDO_final

No a la mendicidad infantil

Justificación

La mendicidad es una práctica que ha existido de tiempos inmemoriales. Sin embargo, cuando son niños, niñas y adolescentes quienes la practican, el Estado debe brindarles protección y garantizar su bienestar.

La erradicación de la violencia resulta indispensable para lograr un futuro sostenible en el que las niñas, niños y adolescentes puedan crecer con buena salud, alimentación apropiada, resiliencia, educación adecuada, respeto por las particularidades culturales y protección frente al abuso y la desatención. Un futuro en el que la equidad y el progreso social sean una realidad para todas y todos en sociedad.

Objetivo

Es necesario crear conciencia sobre el delito de la mendicidad infantil, colaborar con su prevención, identificación y levantar la voz frente a este flagelo que forma parte de una de las modalidades de la trata de personas; contribuyendo de esa manera con el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) 16 que establece: paz, justicia e instituciones sólidas.

Concepto de mendicidad forzada

La mendicidad forzada, es una de las modalidades de la trata de personas. Es un fenómeno que afecta sobre todo a mujeres, niñas, niños, adolescentes y personas con discapacidad. Las redes criminales organizan el trabajo de las personas para pedir limosna, estableciendo lugares, horarios y técnicas, recogiendo las ganancias y manteniendo las víctimas en condición vulnerable y de temor.

Concepto de mendicidad infantil

Consiste en obligar a una niña, niño o adolescente a trabajar en las calles para obtener un provecho económico. Este tipo de mendicidad en la mayoría de los casos se encuentra acompañada de una coacción física o psicológica. La Ley de Derechos Humanos define la mendicidad como todas las acciones tendientes a obtener dinero mediante la caridad de las personas en la calle.

Fuente: Asesoría Penal, (s/f), La Mendicidad Infantil Forzada, disponible en:  https://www.asesoriapenal247.com/la-mendicidad-infantil-forzada/

Las niñas, niños y adolescentes que se ven expuestos a contextos de mendicidad enfrentan dificultades como:

  • Vida en calle
  • Alta permanencia en calle
  • Trabajo infantil
  • Violencia sexual
  • Trata de personas
  • Maltrato
  • Utilización por grupos armados organizados al margen de la ley
  • Otras violencias generadas por los escenarios públicos donde son ubicados por sus padres o cuidadores.

Fuente: Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, (2022), Entendiendo la mendicidad como problemática y no como negligencia, disponible en https://www.icbf.gov.co/mis-manos-te-ensenan/entendiendo-la-mendicidad-como-problematica-y-no-como-negligencia

 

Causas o razones por las que una niña, niño o adolescente termina ejerciendo la mendicidad

Pobreza

  • La mendicidad se constituye, para la persona nenor de edad, como la única forma de ayudar a su familia generando un ingreso adicional.
  • Niñas, niños y adolescentes que quedan huérfanos y privados de cualquier tipo de apoyo.
  • Provienen de familias excluidas socialmente o que migran, del campo a la ciudad, en busca de un mejor futuro.

Analfabetismo

  • No asisten a la escuela, ni tienen creadas expectativas de trabajo para su futuro.
  • Al tener que trabajar, abandonan la escuela y no se forman académicamente para acceder a trabajos mejores.

Desempleo

  • Padres que son engañados por los explotadores, en su desesperación que no tienen un trabajo estable, aceptan y no se dan cuenta del error que cometen al aceptar enviar a sus hijas e hijos con personas desconocidas.

Discapacidad 

  • Debido a su condición, tienen mayor vulnerabilidad frente a diversas formas de abuso, dificultando el reconocimiento de los mismos por parte de la niña, niño o adolescente, así como el defenderse inmediatamente frente al maltrato o denunciarlo posteriormente.

El género

  • En algunos países del mundo las niñas son consideradas inferiores y se las obliga a realizar tareas domésticas o a trabajar fuera de casa, y, a la vez, se impide que acudan a la escuela.

 

Consecuencias de la mendicidad en niñas, niños y adolescentes

Consecuencias físicas

  • Pueden llegar a desarrollar enfermedades y dolencias crónicas.
  • Desnutrición.
  • Sufrir cortes y quemaduras por trabajar con maquinaria y herramientas. inadecuadas para su edad.
  • Sufrir abuso sexual por parte de los adultos.
  • Heridas, señales de maltrato, deformaciones o algún estado de salud que implora clemencia y que evidencie su alto grado de necesidad.
  • Tienden a ser adictos a las drogas, el cigarro y el alcohol.
  • La muerte.

Consecuencias psicológicas

  • Debido a las largas horas que dedican al trabajo, se ven obligados a dejar sus estudios o a combinar ambas actividades. Esto acarrea consecuencias psicológicas como estrés, bajos niveles de autoestima y falta de esperanza en el futuro.
  • Carecen de amor, afecto y seguridad.
  • Trastornos del comportamiento y conductas antisociales.

Fuentes:

UNHCR ACNUR (2019), Trabajo infantil: qué es, causas y consecuencias, disponible en:  https://eacnur.org/blog/trabajo-infantil-que-es-tc_alt45664n_o_pstn_o_pst/

Benemérita Universidad Autónoma de Puebla BUAP, (2017), Análisis actual de la mendicidad infantil en el  Municipio de Puebla: obligación alimentaria del estado, disponible en:  https://repositorioinstitucional.buap.mx/handle/20.500.12371/656#:~:text=La%20mendicidad%20infantil%20es%20resultado,de%20los%20menores%20de%20edad.

 

Mecanismos de protección e intervención del estado

Convención sobre los Derechos del Niño

La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño es un importante acuerdo suscrito entre países, que se han comprometido a proteger los derechos de la infancia.

  • Todos los adultos deberían hacer lo que sea mejor para las niñas, niños y adolescentes.
  • Los gobiernos deben velar para que el padre y la madre (u otras personas cuando sea necesario) protejan y cuiden a las niñas, niños y adolescentes.
  • Los gobiernos deben asegurar que las personas y entidades encargadas de cuidar a las niñas, niños y adolescentes lo hagan tomando en cuenta el interés superior de la niñez.
  • Los gobiernos deben proteger a las niñas, niños y adolescentes contra la violencia, el abuso y la desatención por parte de la persona que les cuide.
  • A que se les proteja frente a cualquier otra forma de explotación (otros modos de aprovecharse de ellos),

Fuente: UNICEF, (1990), Texto de la Convención sobre los Derechos del Niño, disponible en: https://www.unicef.org/es/convencion-derechos-nino/texto-convencion

Interés superior de Niñas, Niños y Adolescentes

  • En todas las decisiones y actuaciones del Estado, se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena los derechos de niñas, niños y adolescentes.
  • Se debe conceder más importancia a lo que sea mejor para la niña, niño o adolescente.
  • Garantizar el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, constituye una obligación coordinada entre el Estado, la sociedad y la familia.
  • Tienen una protección especial por parte del Estado y se les debe garantizar una vida digna y saludable.
  • La prevalencia de los derechos de niñas, niños y adolescentes se sustenta en la necesidad de que se críen en un ambiente apto para su desarrollo, ya que en la infancia y la adolescencia estos se enfrentan a su época de aprendizaje, por lo cual, dejarlos expuestos a flagelos como la mendicidad distorsionará las enseñanzas que deben adquirir para su vida de adulto.

Fuente: Comisión Nacional de los Derechos Humanos, (2018), El Interés Superior de Niñas, Niños y Adolescentes en México, disponible en: https://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Programas/Ninez_familia/Material/cuadri_interes_superior_NNA.pdf

 

 Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

 Para garantizar la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, las autoridades realizarán las acciones y tomarán medidas, de conformidad con los principios establecidos en la presente Ley. Para tal efecto, deberán:

  • Garantizar un enfoque integral, transversal y con perspectiva de derechos humanos en el diseño y la instrumentación de políticas y programas de gobierno.
  • Promover la participación, tomar en cuenta la opinión y considerar los aspectos culturales, éticos, afectivos, educativos y de salud de niñas, niños y adolescentes, en todos aquellos asuntos de su incumbencia, de acuerdo con su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez.
  • Establecer mecanismos transparentes de seguimiento y evaluación de la implementación de políticas, programas gubernamentales, legislación y compromisos derivados de tratados internacionales en la materia.

Fuente: Comisión Nacional de los Derechos Humanos, (2022), Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, disponible en: https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2021-01/Ley_GDNNA.pdf

 

Agenda 2030 “Objetivos de Desarrollo Sostenible” (ODS)

 Al incluir la meta 16.2 de los ODS (poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra las niñas, niños y adolescentes), la Agenda 2030 situó por primera vez la dignidad de la infancia y su derecho a vivir sin temor ni violencia como una prioridad en la agenda internacional de desarrollo.

La Agenda 2030 y los ODS constituyen una oportunidad única para hacer realidad el derecho de todas las niñas, niños y adolescentes a vivir sin temor ni violencia, como está consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño.

La adopción de la meta 16.2 de los ODS por las Naciones Unidas supuso un avance histórico y ahora, la comunidad internacional debe actuar para transformar este impulso en un movimiento imparable de manera que se ponga fin a todas las formas de violencia contra la infancia.

Fuente: Naciones Unidas, Representante Especial sobre la Violencia contra los Niños, (s/f), Los derechos del niño en la Agenda 2030, disponible en: https://violenceagainstchildren.un.org/es/content/los-derechos-del-ni%C3%B1o-en-la-agenda-2030

¿Cuáles son los derechos consagrados en la Convención Sobre los Derechos del Niño acerca del derecho a la protección que se verían total o parcialmente violados para el caso de las niñas, niños y adolescentes en situación de mendicidad?

  • A no ser discriminado.
  • A que el interés de la niñez y adolescencia sea lo primero en todas las medidas concernientes a ellas y ellos.
  • A un nombre, una nacionalidad, el registro y a conocer a sus padres.
  • A preservar su identidad, nacionalidad, nombre y relaciones familiares.
  • A que se respete su vida privada.
  • A la protección contra abuso físico, mental o sexual, descuido o trato negligente, maltrato o explotación.
  • A la protección cuando la niña, niño o adolescente es privado de su medio familiar.
  • A que la niña, niño o adolescente, mental o físicamente impedido disfrute de una vida plena.
  • A la protección contra la explotación económica y trabajos peligrosos.
  • A la protección contra el uso ilícito de drogas.
  • A la protección contra toda forma de explotación y abuso sexual.
  • A la protección contra el secuestro, la trata o venta de niñas, niños y adolescentes.
  • A no ser sometido a torturas, pena capital, prisión perpetua y a no ser privado de su libertad ilegalmente.
  • A la recuperación física y psicológica cuando ha sido víctima de abandono, explotación y abusos.
  • A recibir tratamiento y garantías especiales si ha infringido la Ley.

Fuente: UNICEF, (1990), Texto de la Convención sobre los Derechos del Niño, disponible en: https://www.unicef.org/es/convencion-derechos-nino/texto-convencion

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