Programa Quintanarroense de Cultura Institucional

(De acuerdo al Protocolo Protocolo para prevención, atención y sanción para los casos de acoso sexual, hostigamiento sexual y aprovechamiento sexual en las dependencias, órganos administrativos desconcentrados y entidades del poder ejecutivo del estado de Quintana Roo)

Artículo 47. El programa Quintanarroense de la Cultura Institucional (en adelante PQCI), tendrá como objetivo la institucionalización de la perspectiva de género en el quehacer gubernamental, para abonar a instituciones más sensibles a las condiciones de las personas, disminuir las brechas de desigualdad y así buscar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres. Así mismo, este Programa se diseñó en concordancia con el marco legal estatal, las leyes vigentes nacionales e internacionales de protección a los derechos humanos de las mujeres.

Artículo 48. El PQCI, se evaluara al interior las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal a través de los siguientes nueve factores:

  1. Política y deberes institucionales. Su objetivo es incorporar la visión de género en el quehacer institucional. Tiene que ver con conocimientos del marco institucional y normativo  del cual emana la política de igualdad entre hombres y mujeres.
  2. Clima Laboral. Su objetivo es alcanzar mejores ambientes laborales para que se vea reflejado en mejores resultados al interior y exterior de la Administración Pública Estatal, ya que el clima laboral influye directamente en la productividad de las y los Servidoras/es públicos.
  3. Comunicación Incluyente. Su objetivo es lograr que la comunicación y los mensajes que trasmiten en las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal estén dirigidos a todas las personas buscando promueva la igualdad  de género y la no discriminación.
  4. Selección de Personal. Evalúa factores relacionados con la transparencia y eficiencia en los procesos de selección de personal, priorizando las habilidades y aptitudes de las personas, incorporando en sus criterios de selección y el principio de igualdad de oportunidades para mujeres y hombres.
  5. Igualdad de salarios y prestaciones. Se refiere al nivel de equidad en la asignación de remuneraciones que recibe el personal por sueldos y salarios, así como prestaciones sociales y económicas (servicio médico, guardarías, despensa, etcétera), con el fin de eliminar las brechas salariales entre las personal de mismo puestos.
  6. Promoción vertical y horizontal. Mide los criterios de transparencia para otorgar promociones al personal  en igualdad de oportunidades por mérito, sin distinción para mujeres y hombres.
  7. Capacitación y formación profesional. Impulsa acciones de capacitación que realiza la organización atendiendo el principio de igualdad entre mujeres y hombres, así como las necesidades del personal en los temas relacionados con el desarrollo profesional.
  8. Corresponsabilidad entra la vida laboral, familiar, personal e institucional. Este factor busca garantizar la corresponsabilidad entre la vida laboral, familiar, personal e institucional entre servidoras y servidores públicos de la administración pública.

Hostigamiento y acoso sexual. Busca el establecimiento de una política contra el hostigamiento, acoso sexual y la discriminación dentro de las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública Estatal, así como la elaboración de programas, mecanismos y acciones que lo prevengan, denuncien y sanciones.