Gobierno del Estado de Quintana Roo

Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales

Unidad de Transparencia El artículo 64 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Quintana Roo, establece que las Unidades de Transparencia serán el enlace entre los sujetos obligados y el solicitante, establecerán sus oficinas en lugares visibles y accesibles al público, ya que son las responsables de la atención de las solicitudes de información y gozarán de autonomía de gestión a fin de cumplir con sus funciones y las disposiciones de esta Ley.

Contacto de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Instituto Quintanarroense de la Mujer, el servidor público encargado de atender las solicitudes de Acceso a la Información que se realicen ante esta Institución es:

Mtro. Óscar Omar Ramírez López, Encargado de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, encargado de la Operatividad de la Plataforma Nacional de Transparencia.

Auxiliar operativo: Lcda. Maricela Trujillo Alavez, Asistente Ejecutivo.

Teléfono: (983) 83 2 0718 y 3 13 23 Ext. 120

Dirección de correo electrónico: transparencia@iqm.gob.mxunidaddetransparencia.iqm@gmail.com

Solicitudes de información: https://www.plataformadetransparencia.org.mx

Domicilio: Av. Benito Juárez  #49  Entre Av. Othón P. Blanco y Álvaro Obregón Col. Centro, C.P.  77000, Chetumal, Quintana Roo

Horarios de atención: lunes a Viernes 09:00 a 17:00 hrs.

Las solicitudes de información podrán presentarse a través de los siguientes medios y modalidades (De conformidad al Artículo 145)

I.    por escrito: a) libre o en el formato que corresponda, presentando personalmente, en la oficina u oficinas de la Unidad de Trasparencia, designada para ello. b) a través de correo postal ordinario o certificado; o  c) a través de servicio de mensajería II.    En forma verbal, de manera oral y directa, ante la Unidad de Trasparencia, la cual deberá ser capturada por el responsable de dicha unidad en el formato respectivo; III.    por telégrafo; IV.    por medios electrónicos; a) a través de la Plataforma Nacional, por medio de su sistema de solicitud de acceso a la información, de conformidad con el Artículo 50 fracción I de la Ley General; b) vía correo electrónico oficial, dirigida y enviada a la dirección electrónica que para tal efecto señale la Unidad de Trasparencia; o  V.    por cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional.

Para presentar una solicitud no se podrá exigir mayores requisitos que los siguientes (De conformidad Artículo  146):

I.    Nombre o, en su caso, los datos generales de su representante, tratándose de personas morales, su denominación; así como el nombre y datos generales de su representante; ( opcional) II.    *Domicilio o medio para recibir notificaciones; III.    *La descripción de la información solicitada; IV.      Cualquier otro dato que facilite su búsqueda y eventual localización, y ( opcional) V.    *La modalidad en la que prefiere se otorgue el acceso a la información, la cual podrá se verbal, siempre y cuando sea para fines de orientación, mediante consulta directa, mediante la expedición de copias simples o certificas o la reproducción en cualquier otro medio, incluidos los electrónicos.

Periodo de actualización de información: Trimestral Fecha de actualización: 06/01/2022 Fecha de validación: 06/01/2022 área o Unidad Administrativa que genera o posee la información: Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.