Preguntas Frecuentes

Planeación Estadistica

¿En donde puedo generar mi referencia de pago?

Entrar al portal de la Secretaría de Finanzas y Planeación www.sefiplan.qroo.gob.mx y hacer clic en el banner de TRIBUTANET, seleccionar el tipo de contribución y llenar el formulario con los datos correspondientes.

¿En que bancos puedo realizar mis pagos de mis contribuciones?

Con su referencia de pago puede acudir en cualquiera de los siguientes bancos: Santander, Banamex, Scotiabank, Banorte, Bancomer y Hsbc.

¿Después de realizar el pago, como puedo obtener mi factura digital?

Podrá descargar su factura digital desde el Navegador de internet Google Chrome a través del paperless.sefiplan.qroo.gob.mx, ingresando su referencia y RFC.

¿Como puedo actualizar mis datos fiscales, para que se visualice en mi factura digital?

Deberá de acudir a la Oficina Recaudadora de Rentas que corresponda y realizar la solicitud de actualización de datos en el padrón presentando los requisitos correspondiente.

¿En donde me puedo comunicarme, en caso que no pueda descargar mi factura digital en el paperless?

Al teléfono 983 8350500 Extensión 41150 tener a la mano el número de referencia, fecha de pago, importe y nombre del contribuyente o enviar los datos al correo electrónico planeación_estadisticas@hotmail.com.

Control Vehicular y Almacen Fiscal

¿Si mi vehículo ya está registrado en el Estado, puedo pagar mis derechos de control vehicular en cualquier oficina recaudadora o banco autorizado dentro de Quintana Roo?

Sí, ahora tú puedes realizar el pago en cualquier oficina recaudadora de rentas o bancos autorizados en el Estado.

¿Hasta cuando se tiene plazo para efectuar el canje de placas?

Para pagar sin recargos y actualizaciones y aprovechar el descuento en los Derechos, se tiene hasta el 31 de marzo.

¿Donde obtengo mi recibo de pago de Tenencia o Control Vehicular?

Ingrese a la página www.sefiplan.qroo.gob.mx y dar clik en banner "entra aquí para descargar tu comprobante DIGITAL", deberás tener el número de referencia y RFC.

¿Puedo pagar con transferencia interbancaria?

No; puede pagar en línea con Tarjeta de Crédito Visa o Mastercard, Cargo a Cuenta de Cheques de Cualquier Banco o bien imprimir su referencia y pagar en bancos autorizados.

¿Para obtener má recibo digital si no tengo RFC cual debo de ingresar?

Si usted no tiene RFC debe de ingresar XAXX010101000 que es el de público en general.

Contribuciones Federales

¿A partir de cuándo se podrán realizar inscripciones del régimen de incorporación fiscal ante el estado?

La aplicación del SAT contempla en su primera etapa, que los contribuyentes del RIF realicen en las oficinas de las Entidades Federativas, a partir del 1ero. de enero de 2014: Inscripción al RFC, Cambio de domicilio fiscal, Reanudación de actividades, Suspensión de Actividades, Aumento y disminución de obligaciones (Actualización de actividades económicas y obligaciones), Apertura de establecimientos y sucursales, Cierre de establecimientos y sucursales y la Generación y Actualización de Contraseña.

¿La Secretaria de Finanzas y Planeación, tiene contemplado otra etapa del programa ponte al corriente?

El Programa de Ponte al Corriente fue por decreto del Ejecutivo Federal, sin embargo, en caso de que exista o se de algún otro programa se estaráa haciendo del conocimiento de los contribuyentes con oportunidad.

¿Si suspendo el régimen RIF puedo reanudar después de tiempo determinado?

Si usted deja de tener actividades económicas, está en su derecho de presentar el Aviso de suspensión de actividades, misma que de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación y Código Fiscal del Estado, cuenta con 30 dáas para su presentación. Asá mismo, en el caso de volver a tener actividad por la cual se perciba un ingreso, deberá presentar el aviso de reanudación de actividades.

¿Cómo presento mi declaración?

En el caso de los contribuyentes que a partir del 1ero. de enero de 2014 tributan bajo el Régimen de Incorporación Fiscal, deberán utilizar la aplicación que el SAT pone a su disposición a través de su portal, denominado mis cuentas, a través de la cual el contribuyente podrá emitir facturas, registrar sus ingresos y egresos, presentar sus declaraciones, entre otras.

¿Quienes tributamos este régimen, estamos obligados a pagar impuestos?

Para el caso que nos ocupa, en el caso del Impuesto Sobre la Renta, tendrán derecho a la reducción del impuesto que resulte a cargo, que para este 2014 será de un 100%. En el caso del IVA e IEPS, tendrán derecho a un acreditamiento del 100%.

 

Excepto cuando facturen con el IVA desglosado, para lo cual podrán acreditarlo en proporción que represente el ingreso.

 

¿Es necesario contar con una constancia de inscripción al nuevo régimen?

No, para el caso del que al 31 de diciembre 2013 era REPECO, ya que la autoridad fue la encargada de efectuar los movimientos con los datos que contaba.

Contribuciones Estatales

¿Cuál es el formato que se utiliza para presentar los diversos avisos al padrón estatal?

El Formulario Múltiple de Tramites (FMT)

¿Dónde obtengo el formato para darme de alta, registrarme ante el estado o presentar algún aviso al padrón?

El Formato para darse de alta o inscribirse o presentar algún aviso en el Padrón Estatal de Contribuyentes (Formulario de Múltiple de Trámites. FMT) se encuentra disponible en el portal electrónico de la Secretaria de Finanzas y Planeación www.sefiplan.qroo.gob.mx

¿Con que periodicidad se presentan las declaraciones de los Impuestos Estatales?

Para el Impuesto de Nómina, Hospedaje e Informativa (Mensual) y Extracción de Materiales, la declaración mensual se deberá presentar a más tardar el dáa 17 del mes inmediato posterior al mes que corresponda la declaración. En tanto la declaración anual será dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal, mientras en el Impuesto de Extracción de Materiales (Informativa Anual) a más tardar el último dáa hábil del mes de febrero del ejercicio fiscal inmediato posterior al que corresponda la información.

El Impuesto al Libre Ejercicio de Profesiones es bimestral a más tardar el dáa 17 del mes inmediato posterior al bimestre al que corresponda el pago y la Informativa (Anual) a más tardar el último dáa hábil del mes de abril del ejercicio fiscal inmediato posterior al que corresponda la información.

El Impuesto Cedular por Enajenación de Bienes Inmuebles dentro de los diez dáas siguientes a la fecha de la enajenación.

¿Dónde se pagan los Impuestos Estatales?

A través de Internet en la sección Tributanet del portal electrónico de la Secretaráa de Finanzas y Planeación o en ventanillas de las instituciones bancarias autorizadas.

¿Cuáles son los requisitos para obtener la autorización para operar como casa de empeño?

  • Nombre ó razón social del Solicitante y su domicilio en el Estado de Quintana Roo.
  • Domicilio del Establecimiento.
  • Registro Federal de Contribuyentes, original para su cotejo y copia para expediente.
  • Clave única de Registro de Población del promovente o representante legal, en su caso.
  • En el caso de que el promovente sea persona moral, deberá acompañar copia certificada de su acta constitutiva así como del poder notarial otorgado al representante legal.
  • Copia simple así como el original para su cotejo del contrato de adhesión, registrado ante la Procuraduráa Federal del Consumidor.
  • Recibo de pago por registro de Derechos de autorización.
  • Manifestar bajo protesta de decir verdad que se comprometen a manifestar en cada ticket y contrato de mutuo, la modalidad del seguro contratado, la forma de hacerlo efectivo y el domicilio del establecimiento en que se celebre el contrato y se encuentren los bienes.
  • Manifestar los números telefónicos del establecimiento de la persona física o moral y además el de su representante legal, asá como su correo electrónico
  • Presentar póliza de seguro otorgada por compañáa aseguradora.