Ley de conservación, mantenimiento, protección y desarrollo del arbolado urbano del Estado

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Comunicado 002. Secretaría de Ecología y Medio Ambiente. Enero 12 de 2018.

 

Ley de conservación, mantenimiento, protección y desarrollo del arbolado urbano del Estado

 

Con el objetivo  de lograr un equilibrio ecológico que permita más y mejores oportunidades para el sano desarrollo de sus habitantes

 

La Secretaría de Ecología y Medio Ambiente se coordinará con los municipios y la Procuraduría de Protección al Ambiente para el debido cumplimiento de esta ley

 

Con el objetivo  de lograr un equilibrio ecológico que permita más y mejores oportunidades para el sano desarrollo de los habitantes en sus ciudades, se decretó la Ley de conservación, mantenimiento, protección y desarrollo del arbolado urbano, emitida por la Honorable 15ª Legislatura Constitucional del Estado libre y Soberano de Quintana Roo, el pasado 27 de diciembre de 2017. 

 

Las medidas protectoras que se establecen en esta ley son aplicables a todos los árboles plantados o nacidos (germinados) en las áreas urbanas de los municipios de la Entidad, siempre y cuando no se encuentran regulados por la federación o pertenezcan a terrenos forestales. Las disposiciones de esta ley son de orden público y de observancia general.

 

La Secretaría de Ecología y Medio Ambiente se coordinará con dependencias federales y estatales competentes, municipios y organismos auxiliares para establecer  convenios o acuerdos de colaboración para el debido cumplimiento de esta ley, así como complementar, vigilar y promover las prácticas técnicas, que conlleven a la protección del arbolado urbano para su preservación.

 

Los municipios deberán conservar mantener y proteger los árboles urbanos que se encuentren dentro de su delimitación geográfica; incluirán dentro de sus planes de desarrollo programas de arborización, forestación y reforestación dentro de sus límites territoriales. 

 

La Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado se encargará de vigilar inspeccionar y sancionar los actos que sean tipificados como delitos en materia del arbolado urbano en la presente ley. Para mayor información y detalles, favor de consultar la siguiente liga: https://drive.google.com/file/d/171os09TCPgS0MC22314UklREkOCrQGMX/view.

 

qroo.gob.mx/sema

Chetumal, Quintana Roo