Gobierno del Estado de Quintana Roo

Propuesta regulatoria febrero 2025

No. Sujeto Obligado Nombre y cargo de la persona responsable oficial de mejora regulatoria Fecha de presentación de la Agenda regulatoria Nombre preliminar de la propuesta regulatoria Materia sobre la que versará la regulación Acción Regulatoria Nombre, y cargo de la persona responsable de la propuesta regulatoria Descripción de la propuesta regulatoria Problemática que se pretende resolver con la propuesta regulatoria Justificación Beneficios que generará Fundamento jurídico para realizar la acción regulatoria Fecha tentativa de presentación para AIR o exención Fecha tentativa de publicación en el Periódico Oficial del Estado Nombre y cargo de quien elaboró Nombre y cargo de la persona titular de la Institución
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Servicios Estatales de Salud
MSP. Jorge Zaragoza Delgado. Encargado de la Dirección de Planeación, Calidad y Archivo
10/01/2025
Reglas de operación del programa de Becas por la Vida
Salud
b) Reformar. La modificación de una regulación vigente
Aldana Chan William Ernesto Jefe Del Departamento De Salud De La Infancia Y La Adolescencia
Reformar las reglas de operación del programa de becas por la vida del año 2022, actualizando las funciones de las instancias que intervienen
La problemática que se pretende resolver con la propuesta regulatoria, Simplificación y Claridad de los Procesos: de ejecución del recurso, Adaptación a Cambios en el Contexto o Necesidades Actuales
Adaptación a Cambios en el Contexto o Necesidades Actuales.referente a la transición de los prestación de servicios medicos al IMSS BIENESTAR
Mejora de la Eficacia y el Impacto de los Programas
Artículos 1, 3, 7 fracción I y 19 fracción XI, 30 fracción VII, 41 fracción II, XXVII y 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo
20/01/2025
28/02/2025
William Ernesto Aldana Chan Jefe de departamento salud de la Infancia y la Adolescencia
Lic. Flavio Carlos Rosado, Secretario de Salud y Director General de los Servicios Estatales de Salud
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Instituto Estatal para la Educación de Jovenes y Adultos
Licda. Alma Isabel Angulo Rojas. Directora de Acreditación y Sistemas y Mejora Regulatoria
12/11/2024
Decreto por el que crea Instituto Estatal para la Educación de Jóvenes y Adultos
Administración pública
b) Reformar . La modificación de una regulación vigente
Carlos Ángel Tinoco Cosio, Director de Asuntos Jurídicos y Normatividad
El decreto tiene como objeto la creación del Instituto como un organismo descentralizado, por lo que con esta acción regulatoria se pretende que el instituto cuente con un decreto actualizado, que permita cumplir con sus objetivos
Actualmente el decreto de creación cuenta con un figura de patronato, derivado de la ejecución del programa de educación , por medio de este las personas que así lo decidan puedan afiliarse como voluntarios (as) , a estas se les conoce como “personas solidarias (promotores)”, es decir que no son contratados como personal de base y/o confianza del Instituto; ahora bien, en consecuencia de dicha figura se han generado demandas laborales en las que reclaman prestaciones que corresponden a personal de confianza o de base, por otro lado, se han identificado que existen interpretaciones que no se encuentran armonizadas a las Reglas de operación del Programa de Educación para Adultos (INEA) para el ejercicio fiscal 2023. Por lo que con la reforma se pretende derogar la facción correspondiente a la actuación del patronato, así como reformar y adicionar diversos artículos con la finalidad de que dicho instrumento jurídico cumpla con el objetivo del instituto
Contar con un decreto de creación armonizado a la normatividad federal y estatal, que contemple la totalidad de las figuras jurídicas , obligaciones y facultades que le corresponde observar y cumplir al Instituto, permitiendo cumplir los objetivos y metas de manera eficiente
La acción regulatoria permitirá que el Instituto para la Educación de Jóvenes y Adultos, cuente con todas las herramientas necesarias para mejorar los programas operativos, y por ende los servicios educativos que presta a la sociedad, logrando combatir de forma eficaz el rezago educativo
Artículo 92 de la Constitución del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, así como los artículos 1, 2, 3, 63 y 64, de la Ley de las Entidades de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Quintana Roo
12/09/2024
28/02/2025
Melissa Jacqueline Hoil Peraza, Jefa de Departamento de Evaluación del Aprendizaje y Mejora Regulatoria
Lic. Héctor Rosendo Pulido González, Director General del Instituto Estatal para la Educación de Jovenes y Adultos
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Secretaría de Desarrollo Territorial y Urbano Sustentable
Carlos Aguilar Medrano, Subsecretario de Gestión Territorial y Mejora Regulatoria
13/11/2024
Reglamento de la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios
Infraestructura y/o construcción, Servicios Inmobiliarios
a) Emitir. La creación de una nueva regulación
Gabriela Berenice Peña González, Directora de Asuntos Inmobiliarios
El Reglamento de la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Estado de Quintana Roo, es un documento normativo que permitirá la emisión de Matrículas de Asesores Inmobiliarios. a que hace referencia dicha Ley, los cuales son un mecanismo tendiente a brindar mayor certeza jurídica a los particulares y al mismo tiempo dar a conocer a los distintos órdenes de gobierno, organismos, cámaras empresariales y población en general
El presente Reglamento de la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Estado de Quintana Roo, tiene como propósito, ordenar y profesionalizar a las personas físicas y morales que realicen operaciones inmobiliarias en el Estado de Quintana Roo, con la finalidad de dar mayor certeza jurídica a la ciudadanía, respecto a los prestadores de servicios inmobiliarios que pretendan operar en el Estado
Establecerá los lineamientos operativos para precisar y detallar las disposiciones de la Ley, entre otras, la capacitación, la inscripción de asesores inmobiliarios al padrón de Profesionales Inmobiliarios del Estado, las citas de inspección, la emisión de constancias, así como, de las sanciones que por omisión o incumplimiento correspondan
Normar las actividades en materia de prestación de servicios inmobiliarios en cada una de sus modalidades, así como los tipos de prestadores que no se contemplaban en la regulación anterior, la regulación inmobiliaria a sectores como la Administración Condominal, la promoción, intermediación, asesoría y/o consultoría inmobiliaria, con ello elevar la calidad, seguridad y transparencia de la actividad inmobiliaria en el Estado de Quintana Roo
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo; Artículo 34.- Fracción XI Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable; Artículo 30.- Fracción I
20/01/2025
17/02/2025
Gabriela Berenice Peña González, Directora de Asuntos Inmobiliarios
Ing. Armado Lara De Nigris, Secretario de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable
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Secretaría de Turismo
Arq. Omar Govea Hernández. Subsecretario de Planeación, Desarrollo Turístico y Mejora Regulatoria
13/11/2024
Protocolo para la prevención, combate y erradicación de la trata de personas y la Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes
Turismo
a) Emitir. La creación de una nueva regulación
Mtro. José Miguel de Luna Reyes. Director de Capacitación, Cultura Turística y Mejora Regulatoria
Con base a la Reforma del Reglamento de la Ley de Turismo la Secretaría implementará un Protocolo para la prevención, combate y erradicación de la trata de personas y la Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes (ESCNNA), facilitando a las autoridades competentes, las evidencias de las acciones de prevención, combate y erradicación de la trata de personas y la ESCNNA
La explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes es una problemática mundial, el cual ha aumentado exponencialmente a medida que el sector (turístico) ha crecido en los últimos años. Los nuevos mercados se abren a través de una mayor movilidad, acceso a Internet y aerolíneas de bajo presupuesto, al igual que nuevas oportunidades para los delincuentes. Existe un abanico de modalidades y mecanismos que se observan en la región, el uso delictivo de las redes sociales ha diversificado las formas de incorporar a las niñas y niños a la explotación. Asismismo, han aumentado las alertas en los hoteles, mediante la incorporación de reconocimuentos como el Código de Conducta Nacianal y el The Code, a esta gran lucha se suma esta protocolo, donde se visauliza el incremento de estas alertas pudiendose traducir en éxito pues cada vez son más los colaboradores que abren sus ojos y están atentos a esta problemática; estos incrementos que existen en las alertas, es precisamente porque cada vez somos más conscientes
El reglamento de La Ley de Turismo del Estado de Quintana Roo, en su artículo 55 fracción XXVII refiere “Aplicar el protocolo para la prevención, combate y erradicación de la trata de personas y la ESCNNA, emitido por la Secretaría o algún organismo nacional o internacional, con reconocimiento en la materia, así como informar a las autoridades correspondientes sobre las medidas llevadas a cabo” Asimismo, en la fracción XVII cita “Los prestadores de servicios turísticos señalados en los incisos a) y g) de la fracción XXXII del artículo 4 de la presente Ley estarán obligados a validar la filiación, parentesco o autorización por parte de quienes legalmente ostenten la guarda o custodia de las personas menores de edad acompañantes de los Turistas o Visitantes, usuarios de estos servicios. En caso de no poder cumplir con esta validación, los prestadores de servicios turísticos deberán hacerlo del conocimiento inmediato de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia del Estado de Quintana Roo, así como de la Fiscalía Especializada en combate a delitos de trata y explotación de Niñas, Niños y Adolescentes. Objetivo: Contar con un instrumemnto que promueva la prevención, combate y erradicación de la trata de personas y la Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes
Protección de niñas, niños y adolescententes, así como erradicar la trata de personas en el estado de Quintana Roo
Artículo 9 fracción XXVIII, 55 fracción XVII, XXVII, XXVIII, del Reglamento la Ley de Turismo del Estado de Quintana Roo. Artículo 3 fracción XVII de la Ley de Turismo del Estado de Quintana Roo
27/01/2025
28/02/2025
Mtro. José Miguel de Luna Reyes;Director de Capacitación, Cultura Turística y Mejora Regulatoria
Lic. Bernardo Cueto Riestra. Secretario de Turismo
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Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca
M.D. Orlando Emir Bellos Tun
17/02/2025
Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento al Desarrollo Rural
Desarrollo Rural
a) Emitir. La creación de una nueva regulación
Ing. Marcelo Carreón Mundo, Subsecretario de Desarrollo Rural
Tiene por objeto fortalecer al sector rural, mediante la entrega de Equipamiento y/o Insumos que impulsen los procesos de producción primaria contribuyendo a alcanzar la autosuficiencia alimentaria de las personas productoras de pequeña escala y fomentando prácticas amigables con el medio ambiente
Coadyuva a combatir la pobreza alimentaria que afectan a las personas productoras rurales de escasos recursos catalogadas de pequeña escala y que radican en las localidades rurales y costeras de los municipios ubicados en las Zonas de Atención Prioritaria
Se busca asegurar la producción alimentos para el autoconsumo, fomentando el uso de técnicas agroecológicas y en su caso, generar excedentes para la comercialización en beneficio de las familias quintanarroenses de escasos recursos económicos
Se busca apoyar a las personas productoras del sector rural de escasos recursos económicos a obtener equipamiento, herramientas o insumos, con la finalidad que puedan producir sus propios alimentos y mejorar sus condiciones de vida
Artículos 92 de la Constitución Política del estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 3, 4, 19 fracción IX, 21, 23, 30 fracciones III y VII, y 39 fracciones I, II, VII, X y XXI de la Ley Orgánica de la administración pública del Estado de Quintana roo, artículo 12, inciso a) fracción I, inciso b) fracciones II y III del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca
17/01/2025
17/02/2025
Ing. Marcelo Carreón Mundo , Subsecretario de Desarrollo Rural
Mtro. Jorge Carlos Aguilar Osorio- Secretario de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca.
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Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca
M.D. Orlando Emir Bellos Tun
17/02/2025
Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Ganadería
Programas sociales, Sector Ganadero
a) Emitir. La creación de una nueva regulación
M.D. Olando Emir Bellos Tun
Tiene por objeto impulsar el nivel adquisitivo de las personas productoras pecuarias y sus familias, a través del fortalecimiento de las unidades de producción pecuaria, con la finalidad de incrementar la producción y mejorar las especies ganaderas y apícolas del sector
La baja producción en el sector pecuario
Impulsar el desarrollo de la producción ganadera y contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de las personas dedicadas a la actividad pecuaria en el Estado de Quintana Roo
Con la implementación del Programa “FORTALECIMIENTO A LA GANADERÍA”; se busca que las productoras y los productores pecuarios tengan la oportunidad de acceder a los apoyos para la adquisición de material genético, insumos y equipamiento para aumentar su producción
Artículos 92 de la Constitución Política del estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 3, 4, 19 fracción IX, 21, 23, 30 fracciones III y VII, y 39 fracciones I, II, VII, X y XXI de la Ley Orgánica de la administración pública del Estado de Quintana roo, artículo 12, inciso a) fracción I, inciso b) fracciones II y III del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca
17/01/2025
17/02/2025
M.D. Orlando Emir Bellos Tun
Mtro. Jorge Carlos Aguilar Osorio- Secretario de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca
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Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca
M.D. Orlando Emir Bellos Tun
17/02/2025
Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Impulso a la Innovación Agrícola
Proteger la sanidad y la inocuidad agroalimentaria, animal y vegetal
a) Emitir. La creación de una nueva regulación
M.D. Orlando Emir Bellos Tun
Consiste en apoyar a las Personas Productoras Agrícolas derivado del incremento significativo en el costo para la producción rural de las pequeñas, medianas y grandes unidades de producción, a través de un apoyo en insumos, herramientas y equipamiento con la finalidad de fortalecer sus unidades de producción rural así como minimizar el impacto de productos agroquímicos sintéticos en el medio ambiente y a los representantes de la presidencia del comisariado ejidal con un apoyo económico para que realicen gestiones administrativas
La producción de alimentos en Quintana Roo se ve afectada por los efectos del cambio climático, la presencia de plagas y enfermedades, los bajos rendimientos, los altos costos de producción y la deforestación debido a sistemas de producción ancestrales (roza, tumba y quema). A esto se suma la falta de inversión en el campo, el nulo apoyo a los núcleos agrarios, lo que provoca un alto índice de falta de oportunidades de crecimiento. Como resultado, las personas productoras se han visto forzadas a abandonar sus lugares de origen en busca de empleos en las ciudades e incluso en el extranjero
El escaso apoyo económico a las Presidencias del Comisariado Ejidal, no les permite realizar las gestiones de sus ejidos ante las autoridades de las dependencias Federales, Estatales y Municipales
El Programa promueve la participación de todas las personas productoras agrícolas, independientemente de su género, con el objetivo de reducir las brechas de desigualdad en el acceso a los recursos. Por lo tanto, la condición de ser mujer, hombre o de cualquier identidad de género no será motivo de restricción para participar o ser elegido. Con estas acciones, se busca contribuir a la creación de políticas públicas que promuevan mejores condiciones de vida para las familias que habitan en las zonas rurales
Artículos 92 de la Constitución Política del estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 3, 4, 19 fracción IX, 21, 23, 30 fracciones III y VII, y 39 fracciones I, II, VII, X y XXI de la Ley Orgánica de la administración pública del Estado de Quintana roo, artículo 12, inciso a) fracción I, inciso b) fracciones II y III del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca
17/01/2025
17/02/2025
M.D. Orlando Emir Bellos Tun, Subsecretario de Ganadería
Mtro. Jorge Carlos Aguilar Osorio- Secretario de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca.
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Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca
M.D. Orlando Emir Bellos Tun
17/02/2025
Acuerdo por el que se emiten las Reglas de operación del programa “Impulso a la productividad de la Pesca y Acuacultura”
Programas sociales
a) Emitir. La creación de una nueva regulación
Biol. Cristian Díaz Barajas, Director de Pesca y Acuacultura
Es una iniciativa del Gobierno Estatal que contribuye al bienestar económico a través del otorgamiento de un apoyo económico y en especie que permita a las Pescadoras (es) y Acuaculturas (es), la adquisición de insumos, herramientas, equipo de trabajo, mejoramiento genético (acuícola), motores, lanchas, equipos, artes de pesca o productos básicos alimenticios en temporada de veda, así como con el propósito de reducir la brecha de desigualdad, esto con el propósito de contribuir a los objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 y el Plan Estatal de Desarrollo 2023-2027
Se carecía de seguimiento y asistencia técnica en las granjas acuícolas, para poder certificar las unidades de producción en Buenas Prácticas Acuícolas e Inocuidad Alimenticia, dando con esto un valor agregado al producto por medio de garantizar la calidad del mismo
El Programa tendrá como objetivo impulsar el desarrollo y productividad del sector acuícola y pesquero para mejorar las condiciones sociales y económicas de las personas acuicultoras y pescadoras del Estado. Estableciendo un programa integral de apoyo al sector pesquero y acuícola que impulse la productividad, competitividad y mejora del bienestar socioeconómico de las personas Acuaculturas y Pescadoras, a través del fortalecimiento de las unidades de producción Acuícola o Pesquera y la conservación y uso responsable de los recursos acuáticos, fortaleciendo la seguridad alimentaria
Con la implementación del Programa “IMPULSO A LA PRODUCTIVIDAD DE LA PESCA Y ACUACULTURA”; tendrán las productoras y los productores pesqueros y acuícolas la oportunidad de poder acceder a los apoyos para la compra de lo que requiera para aumentar o mejorar en su producción
Artículos 92 de la Constitución Política del estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 3, 4, 19 fracción IX, 21, 23, 30 fracciones III y VII, y 39 fracciones I, II, VII, X y XXI de la Ley Orgánica de la administración pública del Estado de Quintana roo, artículo 12, inciso a) fracción I, inciso b) fracciones II y III del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca
17/01/2025
17/02/2025
M.D. Orlando Emir Bellos Tun, Subsecretario de Ganadería
Mtro. Jorge Carlos Aguilar Osorio- Secretario de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca
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Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca
M.D Orlando Emir Bellos Tun
17/02/2025
Lineamientos del turismo rural para el desarrollo
Pesca Deportiva
a) Emitir. La creación de una nueva regulación
Biol. Cristian Díaz Barajas, Director de Pesca y Acuacultura
Los presentes lineamientos tienen por objetivo general establecer el proceso para el otorgamiento de apoyos denominado “Turismo Rural para el Desarrollo” en el Estado de Quintana Roo, donde se considera a la Pesca Deportivo-Recreativa de gran importancia por el impacto económico que representa en la captación de divisas, generación de empleos, impulsando y fortaleciendo el turismo rural para el desarrollo en comunidades pesqueras
En Quintana Roo, la pesca deportivo-recreativa tiene gran importancia por el impacto económico que representa en la captación de divisas, generación de empleos, impulsando y fortaleciendo el turismo rural para el desarrollo en comunidades pesqueras de escasos recursos, priorizando aquellas que cuenten con áreas naturales protegidas y con refugios pesqueros
Consiste en la entrega de un apoyo económico por única ocasión en el ejercicio fiscal vigente a los comités y cooperativas pesqueras que realicen Torneos de Pesca Deportivo-Recreativa en el Estado
Se fomentará la actividad de la Pesca Deportivo-Recreativa en los diferentes comités de Pesca Deportivo-Recreativa del Estado para contribuir al desarrollo del sector pesquero y mejorar las condiciones sociales y económicas de las familias rurales por la derrama económica del turismo pesquero
Artículos 92 de la Constitución Política del estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 3, 4, 19 fracción IX, 21, 23, 30 fracciones III y VII, y 39 fracciones I, II, VII, X y XXI de la Ley Orgánica de la administración pública del Estado de Quintana roo, artículo 12, inciso a) fracción I, inciso b) fracciones II y III del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca
17/01/2025
17/02/2025
Biol. Cristian Díaz Barajas, Director de Pesca y Acuacultura
Mtro. Jorge Carlos Aguilar Osorio- Secretario de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca
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Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca
M.D. Orlando Emir Bellos Tun, Subsecretario de Ganadería
17/02/2025
Lineamientos para la participación en actividades de usos y costumbres afines al sector pecuario
Turismo, Desarrollo agropecuario
a) Emitir. La creación de una nueva regulación
M.D. Orlando Emir Bellos Tun, Subsecretario de Ganadería
Los presentes lineamientos tienen por objetivo fortalecer las acciones de usos y costumbres afines al Sector Pecuario en el Estado de Quintana Roo, a través de la entrega de un apoyo económico dirigido a los organizadores de Ferias Regionales, Cabalgatas y Conmemoración de Fechas afines al Sector Pecuario contribuyendo al impulso y fortalecimiento de la economía en las localidades donde se realizan
Servirá para hacer de manera eficiente y transparente la entrega de apoyos económicos a quienes organizan, soliciten, cumplan con los requisitos y sea dictaminada positiva su solicitud por la Secretaría para actividades de Usos y Costumbres Afines al Sector Pecuario. Se apoyarán tres actividades “Ferias regionales”, “Cabalgatas” y “Conmemoración de fechas afines al Sector Pecuario”, los requisitos y los montos de apoyo se detallan más adelante en los artículos 7 y 10 respectivamente
Entregar apoyos económicos para mejorar la percepción de las personas productoras pecuarias de que se contará con una mayor participación gubernamental en actividades afines al Sector Pecuario como Ferias Regionales, Cabalgatas y Conmemoración de fechas afines para el Sector Pecuario
Fortalecer las acciones de usos y costumbres afines al Sector Pecuario en el Estado de Quintana Roo
Los artículos 25, 27 fracción XX y 28 último párrafo 115 de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 4, 6, 7, 11 y demás aplicables de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; de la Constitución Política del Estado de Quintana Roo; de la Ley Orgánica de la administración pública Estatal Art. 39 Fracción VI, XIII y el Reglamento Interno de la SEDARPE, Art. 39
17/01/2025
17/02/2025
M.D. Orlando Emir Bellos Tun, Subsecretario de Ganadería
Mtro. Jorge Carlos Aguilar Osorio- Secretario de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca
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Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca
M.D. Orlando Emir Bellos Tun, Subsecretario de Ganadería
17/02/2025
Lineamientos de las acciones de prestación de servicios profesionales para la adopción de tecnologías
Desarrollo agropecuario
a) Emitir. La creación de una nueva regulación
M.D. Orlando Emir Bellos Tun, Subsecretario de Ganadería
El contenido de los presentes lineamientos, servirá para regular la contratación de Prestadores de Servicios Profesionales que soliciten, cumplan con los requisitos y sea dictaminada positiva su solicitud por la Secretaría para aplicar talleres teórico prácticos para la adopción de tecnologías a personas productoras pecuarias, los requisitos y los montos de apoyo
La falta de transparencia en las contrataciones
Los presentes lineamientos tienen por objetivo la contratación eficiente y transparente de Prestadores de Servicios Profesionales durante cinco meses para que otorguen a personas productoras pecuarias talleres teórico-prácticos para la adopción de tecnologías, contribuyendo al impulso y fortalecimiento de las Unidades de Producción Pecuaria donde se realicen
Contratar Prestadores de Servicios Profesionales que otorguen talleres teórico-prácticos para la adopción de tecnologías a las personas físicas, grupos de productores y organizaciones de ganaderos legalmente constituidas que realicen actividades de producción ganadera en el Estado
Los artículos 25, 27 fracción XX y 28 último párrafo 115 de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 4, 6, 7, 11 y demás aplicables de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; de la Constitución Política del Estado de Quintana Roo; de la Ley Orgánica de la administración pública Estatal Art. 39 Fracción VI, XIII y el Reglamento Interno de la SEDARPE, Art. 39
17/01/2025
17/02/2025
M.D. Orlando Emir Bellos Tun, Subsecetario de Ganadería
Mtro. Jorge Carlos Aguilar Osorio- Secretario de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca
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Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca
M.D. Orlando Emir Bellos Tun, Subsecretario de Ganadería
17/02/2025
Términos de referencia para el otorgamiento del apoyo extensionismo rural
Desarrollo agropecuario
a) Emitir. La creación de una nueva regulación
Ing. Marcelo Carreón Mundo, Subsecretario de Desarrollo Rural
Como una estrategia de coadyuvar en el desarrollo a las zonas rurales de nuestro Estado, se contratará un grupo multidisciplinario de profesionistas vinculados al sector primario entre ellos 21 Extensionistas con perfil profesional enfocado al desarrollo rural sustentable y 1 persona coordinadora quienes otorgarán los servicios de asistencia técnica integral, capacitación, organización, diseño y elaboración de proyectos productivos, preferentemente en apoyo a los siguientes sectores productivos: Chile Jalapeño, Frijol, Piña, Maíces Nativos, Limón, Meliponicultura, Apicultura, Acuacultura, Fomento a la Fruticultura, Pitahaya, Coco, Papaya, Maíz elotero, Horticultura, Forestal e Invernaderos sustentables, así como levantar información de la producción rural a fin de alimentar la base de datos virtual para apoyar en la comercialización. Con ello, el extensionista será un actor fundamental en los procesos de innovación rural, interconectando a las Personas Productoras y los gobiernos Federal, estatal, municipal y organismos, nacionales e internacionales relacionados con el sector agroalimentario, así como también a los consumidores de los productos del campo
Poca productividad en las unidades de producción
Los presentes Términos de Referencia tienen por objetivo general la contratación de las personas prestadoras de servicios profesionales quienes otorgarán el servicio de Extensionismo Rural en el Estado de Quintana Roo, con la finalidad de desarrollar las capacidades técnico-productivas de las personas productoras del sector agropecuario, acuícola, pesquero y/o forestal y de esta manera coadyuvar al incremento de la producción y productividad del campo Quintanarroense
-Brindar servicios de asistencia técnica integral, capacitación, asesoría, organización y elaboración de proyectos productivos a las personas productoras rurales que se encuentren en zonas con rezago económico y social. -Promover la utilización y transferencia de tecnología en el sector rural con enfoque agroecológico. -Recabar información de la producción rural para alimentar la base de datos de la ventana virtual en apoyo de la comercialización de los productos del campo
Artículos 92 de la Constitución Política del estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 3, 4, 19 fracción IX, 21, 23, 30 fracciones III y VII, y 39 fracciones I, II, VII, X y XXI de la Ley Orgánica de la administración pública del Estado de Quintana roo, artículo 12, inciso a) fracción I, inciso b) fracciones II y III del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca
17/01/2025
17/02/2025
M.D. Orlando Emir Bellos Tun, Subsecretario de Ganadería
Mtro. Jorge Carlos Aguilar Osorio- Secretario de Desarrollo Agropecuario, Rural y Pesca
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Agencia de Seguridad Alimentaria del Estado de Quintana Roo
Lic. Jaime Torres Gutiérrez. Director de Planeación, Mejora Regulatoria y de Archivos. Agencia de Seguridad Alimentaria del Estado de Quintana Roo
12/11/2024
Convenio con Cáritas Quintana Roo - Banco de Alimentos 2025
Seguridad alimentaria
a) Emitir. La creación de una nueva regulación
Lic. Jaime Torres Gutiérrez. Director de Planeación, Mejora Regulatoria y de Archivos. Agencia de Seguridad Alimentaria del Estado de Quintana Roo
Documento normativo mediante el cual se formaliza una colaboración estratégica entre el Gobierno del Estado de Quintana Roo y una Organización Civil, con el propósito de fortalecer la seguridad alimentaria de la población en el estado, a través de este acuerdo, ambas partes coordinarán esfuerzos y estrategias para generar un impacto significativo en la reducción del rezago alimentario existente, por medio del "Fortalecimiento del Banco de Alimentos"
La problemática es la inseguridad alimentaria y nutricional de la población en situación de vulnerabilidad en el estado de Quintana Roo. El objetivo es garantizar el acceso a una alimentación digna, suficiente y de calidad, especialmente para aquellos sectores más desfavorecidos, fortaleciendo así la cohesión social y promoviendo la igualdad de oportunidades
Este acuerdo tiene como objetivo fortalecer al Banco de Alimentos, facilitando el acceso a alimentos y contribuyendo a la reducción del desperdicio de productos
Generará importantes beneficios para la población, principalmente al mejorar el acceso a alimentos nutritivos y de calidad para aquellos sectores más vulnerables. Este acuerdo contribuye a la reducción de la inseguridad alimentaria, promoviendo una distribución más eficiente de recursos y minimizando el desperdicio de productos
Artículo 30, fracción X, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo
31/01/2025
17/02/2025
Lic. Jaime Torres Gutiérrez. Director de Planeación, Mejora Regulatoria y de Archivos. Agencia de Seguridad Alimentaria del Estado de Quintana Roo
Mtro. Alberto Ignacio Perera Medina. Director General de la Agencia de Seguridad Alimentaria del Estado de Quintana Roo
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Universidad del Caribe
Mtro. Rodrigo A. Morales Cámara. Secretario de Planeación y Desarrollo Institucional
13/11/2024
Decreto por el que se reforma integralmente el Decreto por el que se crea la Universidad del Caribe
Administración pública
b) Reformar . La modificación de una regulación vigente
Lic. Julio César Alvarado Alcocer. Abogado General
Instrumento jurídico por el que se crea la Universidad del Caribe.
Marco normativo institucional desactualizado, imposibilita la proyección de documentos de carácter jurídico y administrativo que definan facultades y funciones de las Unidades Responsables de la Universidad del Caribe
Atender disposiciones del Reglamento de la Ley de Entidades de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Quintana Roo, en materia de homogenización del funcionamiento de los Órganos de Gobierno, integración de las carpetas de trabajo y actas de sesiones
Contar con el instrumento jurídico de creación, actualizado con base en la normativa aplicable y a través del cual se definen las atribuciones de la Universidad del Caribe, mismas que servirán de base para elaborar proyecto de Reglamento Interior, acorde a la estructura orgánica vigente
- Artículo 68, fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo. - Artículo 7 y 11 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo. - Artículo 3 de la Ley de las Entidades de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Quintana Roo. - Artículo 24, fracción III, del Estatuto Orgánico de la Universidad del Caribe
30/05/2024
28/02/2025
Lic. Julio César Alvarado Alcocer. Abogado General
Lic. Marisol Vanegas Pérez. Rectora
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Fundación de Parques y Museos de Cozumel, Quintana Roo
Mtra. Linyu Rachell Arjona Esquivel, Directora Jurídica y Titular de la Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
06/12/2024
Reglas de operación del programa para el otorgamiento de becas de la fundación de parques y museos de Cozumel, Quintana Roo
Administración pública
b) Reformar . La modificación de una regulación vigente
Mtra. Linyu Rachell Arjona Esquivel, Directora Jurídica y Titular de la Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
Dar a conocer el documento normativo mediante el cual se establecen los aspectos técnicos y operativos, con el propósito de ordenar y coordinar las actividades del Programa para el Otorgamiento de Becas de la Fundación de Parques y Museos de Cozumel Quintana Roo
Contribuir a que la ciudadanía quintanarroense ejerza de manera efectiva sus derechos económicos, sociales y culturales, teniendo como eje rector la dignidad humana, poniendo énfasis en la reducción de las brechas de desigualdad, pobreza, discriminación, la violencia de género y las condiciones de vulnerabilidad, a través de políticas públicas para el desarrollo integral, sostenible y solidario del Estado
El Programa tiene como propósito contribuir a disminuir las carencias sociales de las personas jóvenes, brindando recursos económicos a través de becas para la capacitación y desarrollo de habilidades profesionales, así como la promoción de actividades vinculadas al trabajo social en el Municipio
Lograr impulsar realmente a los jóvenes, a través de la dotación de herramientas, instrumentos, conocimientos y habilidades que, junto con una política pública, bien definida, propicie el entorno adecuado para que dispongan de los elementos y los recursos necesarios que les permitan cursar sus estudios sin limitaciones y cuando los concluyan creen fuentes de empleo o se integren a labores bien remuneradas; pero también para que aquellas y aquellos jóvenes talentosos cuenten con el apoyo óptimo que les facilite triunfar en el deporte, en la cultura, en la ciencia y en todas las áreas que hacen que eleven al máximo el físico y se construyan nuevos conocimientos; pues una transformación real en Quintana Roo
Artículo, 18, 42 y 49 Ley de Presupuesto y Gasto Público del Estado de Quintana Roo y la Guía Metodológica para las Reglas de Operación (ROP) para el ejercicio fiscal 2024
06/02/2025
21/02/2025
Mtra. Linyu Rachell Arjona Esquivel, Directora Jurídica y Titular de la Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
Lic. Juanita Obdulia Alonso Marrufo
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Comisión del Deporte de Quintana Roo
Mtro. Noé Naranjo García. Encargado de la Dirección de Administración
01/12/2025
Decreto de creación de la Comisión del Deporte de Quintana Roo
Administración pública
b) Reformar . La modificación de una regulación vigente
Lic. Lizbeth Guadalupe Aguilar Gordillo Encargada de la Dirección Jurídica
Se pretende realizar un nuevo decreto de creación de la Comisión que vaya alineado a las solicitudes emitidas por SECOES
Actualmente no se encuentra alineado a las diversas regulaciones existentes, por lo cual resulta necesario armonizar y por ende regular las atribuciones con las que cuenta la comisión, volverlas específicas para poder realizar los procesos correspondientes, determinar las funciones y facultades de todas las áreas para no caer en alguna omisión
La Comisión como órgano rector del Estado en materia deportiva pone al servicio de la sociedad las unidades deportivas con el propósito de superar las expectativas en el ámbito deportivo, asimismo, se busca que el decreto pueda ser interpretado de manera clara y concisa por los Ciudadanos
Tendrá de manera clara las atribuciones y funciones de la Comisión, asimismo, se estará apegando a las recomendaciones emitidas por parte de SECOES
Asimismo, atendiendo al mandato establecido en el artículo 4° párrafo décimo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 13 párrafo sexto de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, le corresponde la función de promover, fomentar y estimular el derecho a la cultura física y a la práctica del deporte, a fin de garantizar el desarrollo integral de sus ciudadanos y de conformidad al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, como parte de una política de salud integral, la activación física es importante para la prevención de enfermedades relacionadas con el sedentarismo, el sobrepeso y la obesidad por lo que es una prioridad el deporte para todos
01/02/2025
15/02/2025
Lic. Lizbeth Guadalupe Aguilar Gordillo Encargada de la Dirección Jurídica
Lic. Jacobo Arzate Hop. Presidente de la Comisión del Deporte de Quintana Roo
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Comisión del Deporte de Quintana Roo
Mtro. Noé Naranjo García. Encargado de la Dirección de Administración
02/01/2025
Reglamento Interior de la Comisión del Deporte de Quintana Roo
Administración pública
b) Reformar . La modificación de una regulación vigente
Lic. Lizbeth Guadalupe Aguilar Gordillo Encargada de la Dirección Jurídica
Que dentro de las obligaciones que impone la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, se contemplan, entre otras cosas, la de mantener la Administración Pública Estatal en constante perfeccionamiento, adecuándola a las necesidades técnicas y humanas de la Entidad; por lo que es indispensable actualizar el marco jurídico de la actual Comisión del Deporte de Quintana Roo (CODEQ) derivado del decreto 121 Por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Estatal de Cultura Física y Deporte; se reforman diversas disposiciones de la Ley para la Igualdad de Género entre Mujeres y Hombres del Estado de Quintana Roo; y se reforman diversas disposiciones de la Ley de la Juventud del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo
Para esta comisión es de suma importancia mantener actualizados los ordenamientos jurídicos mediante los cuales se rigen las estructuras, objetivos y facultades de la misma, con la intención de crear y proliferar un semillero de atletas a fin que se consoliden en las diversas disciplinas deportivas, así como garantizar que todos los ciudadanos cuenten con oportunidades igualitarias que les permitan participar y desarrollar plenamente sus capacidades disfrutando de actividades físicas. Aunado a ello y derivado del decreto 121 por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Estatal de Cultura Física y Deporte; se reforman diversas disposiciones de la Ley para la Igualdad de Género entre Mujeres y Hombres del Estado de Quintana Roo; y se reforman diversas disposiciones de la Ley de la Juventud del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, resulta imperante reformar el Reglamento Interior de la Comisión del Deporte del Estado de Quintana Roo, para homologarse a las leyes antes mencionadas
Actualizar la estructura, organización, funciones y normatividad existentes haciéndolas acordes y de inmediata respuesta en el ejercicio de sus funciones, a las necesidades reales imperantes en el ámbito deportivo, simplificando los espacios y equipos de trabajo, lo que en consecuencia se concretiza en una administración pública honesta, moderna, eficaz y eficiente que se traduzca en un imperativo para coadyuvar con el equilibrio social y económico de la Entidad. Asimismo, se encuentra alineada a lo establecido en la Ley General de Cultura Física y Deporte, así como a la Ley Estatal de Cultura Física y Deporte. Asimismo, al modificar el Reglamento garantizará que todos los ciudadanos cuenten con oportunidades que les permitan participar y desarrollar plenamente sus capacidades disfrutando de actividades físicas, accediendo a espacios recreativos, con programas propios dirigidos para todos los ciudadanos que habiten a los largo de la geografía del Estado de Quintana Roo, para el aprovechamiento positivo y productivo de su tiempo libre
Al modificar el Reglamento garantizará que todos los ciudadanos cuenten con oportunidades que les permitan participar y desarrollar plenamente sus capacidades disfrutando de actividades físicas, accediendo a espacios recreativos, con programas propios dirigidos para todos los ciudadanos que habiten a los largo de la geografía del Estado de Quintana Roo, para el aprovechamiento positivo y productivo de su tiempo libre
Aunado a ello y derivado del decreto 121 por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Estatal de Cultura Física y Deporte; se reforman diversas disposiciones de la Ley para la Igualdad de Género entre Mujeres y Hombres del Estado de Quintana Roo; y se reforman diversas disposiciones de la Ley de la Juventud del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, resulta imperante reformar el Reglamento Interior de la Comisión del Deporte del Estado de Quintana Roo, para homologarse a las leyes antes mencionadas. Asimismo, atendiendo al mandato establecido en el artículo 4° párrafo décimo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 13 párrafo sexto de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, le corresponde la función de promover, fomentar y estimular el derecho a la cultura física y a la práctica del deporte, a fin de garantizar el desarrollo integral de sus ciudadanos y de conformidad al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, como parte de una política de salud integral, la activación física es importante para la prevención de enfermedades relacionadas con el sedentarismo, el sobrepeso y la obesidad por lo que es una prioridad el deporte para todos
15/02/2025
28/02/2025
Lic. Lizbeth Guadalupe Aguilar Gordillo Encargada de la Dirección Jurídica
Lic. Jacobo Arzate Hop. Presidente de la Comisión del Deporte de Quintana Roo