Gobierno del Estado de Quintana Roo

Propuesta regulatoria ABRIL 2025

No. Sujeto Obligado Nombre y cargo de la persona responsable oficial de mejora regulatoria Fecha de presentación de la Agenda regulatoria Nombre preliminar de la propuesta regulatoria Materia sobre la que versará la regulación Acción Regulatoria Nombre, y cargo de la persona responsable de la propuesta regulatoria Descripción de la propuesta regulatoria Problemática que se pretende resolver con la propuesta regulatoria Justificación Beneficios que generará Fundamento jurídico para realizar la acción regulatoria Fecha tentativa de presentación para AIR o exención Fecha tentativa de publicación en el Periódico Oficial del Estado Nombre y cargo de quien elaboró Nombre y cargo de la persona titular de la Institución
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Instituto Geográfico y Catastral del Estado de Quintana Roo
Jorge Gabourel Sampson; Director de Planeación, Valuación y Mejora Regulatoria
06/11/2024
Marco Jurídico Catastral
Seguridad social, Seguridad jurídica al Mercado Inmobiliario
a) Emitir. La creación de una nueva regulación; y d)Abrogar; La eliminación de una regulación
Jorge Gabourel Sampson; Director de Planeación, Valuación y Mejora Regulatoria, Manuel A. Burgos Gómez; Director Jurídico y de la Unidad de Transparencia y acceso a la Información Pública
Alineamiento de la actividad catastral al Modelo Optimo de Catastro 2020, que promueve la secretaria de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano, SEDATU
No se encuentran homogeneizados los procesos catastrales, lo cual no permite el intercambio dde información, por lo que con esto ahora se contará con capacidad para el intercambio de información, vinculando la información catastral con el Registro Público de la Propiedad y otras instancias registrales, para brindar seguridad jurídica en la tenencia de la tierra y sustentar el desarrollo económico, la planeación y el ordenamiento territorial del Estado y sus municipios
Actualmente tanto Ley como el Reglamento de Catastro datan del 2008, lo cual no se encuentra acorde a las nuevas necesidades de la sociedad, por lo que se propone su alineamiento al Modelo Optimo de Catastro 2020 (SEDATU)
El modelo promueve otras formas de utilización de la información catastral (Catastro Multifinalitario) que hasta ahora no se ha atendido, pero que es importante en el diseño de políticas públicas y también para propósitos del mercado inmobiliario. El modelo de catastro contempla y está alineado a la norma federal emitida por el INEGI, propone el uso de mecanismos de rastreabilidad en los procesos catastrales a través de medios electrónicos, para automatizar el control de gestión de los trámites y servicios. Promueve el monitoreo periódico del nivel de satisfacción de sus usuarios, asi como un proceso de mejora continua que pueda identificar y realizar los ajustes que permitan mejorar, tanto el nivel de satisfacción, como su eficiencia y eficacia
Ley de Catastro del estado de Quintana Roo; Artículo 17.- Son atribuciones del Instituto Geografico y Catastral: II.- Emitir las políticas, lineamientos y normas técnicas generales a que se sujetará la función catastral en la entidad tendientes a uniformar la normatividad de los municipios en esta materia; XIV.- Proponer al Secretario de Finanzas Y Planeación del Estado las reformas tendientes a mejorar el catastro
18/03/2025
08/04/2025
Jorge Gabourel Sampson; Director de Planeación, Valuacion y Mejora Regulatoria
Ricardo López Rivera; Director General del IGECE
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Secretaría de Bienestar
Mtro. Carlos Lenin Ceballos Cardeña. Subsecretario de Planeación, Administración y Mejora Regulatoria
07/11/2024
Manual de organización de la Secretaría de Bienestar
Administración pública
a) Emitir. La creación de una nueva regulación
Fátima Marlene Alcocer Ávila; Directora de Organización, Métodos y Mejora Regulatoria
Documento que contiene información sobre la estructura, funciones, y objetivos de la Secretaría. Sirve como guía para el personal y como apoyo administrativo
Actualmente no se cuenta con Manual de Organización, lo que genera una problemática al interior de la Secretaría, al no encontrarse determinados con claridad el actuar de cada unidad administrativa
Establecer la forma en la que se encuentra organizada administrativamente la Secretaría, describe su estructura , así como las áreas administrativas que la integran, proporciona información sobre los objetivos y funciones de las mismas, tomando como base la normatividad institucional que la rige
Permitirá que las personas servidoras públicas y la ciudadanía tengan un instrumento normativo en el cual se regule de manera detallada el actuar de cada unidad administrativa
Art. 30 Fracción X. Expedir los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público necesarios para su funcionamiento, los que deberán contener información sobre la estructura orgánica de la Dependencia y las funciones de sus Unidades Administrativas, así como sobre los sistemas de comunicación y coordinación y los principales procedimientos administrativos que se establezcan. Los manuales y demás instrumentos de apoyo administrativo interno, deberán mantenerse permanentemente actualizados; Los manuales de organización general deberán publicarse en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, mientras que los manuales de procedimientos y de servicios al público deberán estar disponibles para consulta de los usuarios y de los propios servidores públicos, a través del registro electrónico que opera la Secretaría de la Contraloría. En cada una de las dependencias y entidades de la administración pública, se mantendrán al corriente los escalafones de los trabajadores, y se establecerán los sistemas de estímulos y recompensas que determinen la ley y las condiciones generales de trabajo respectivas
30/03/2024
10/04/2024
Fátima Marlene Alcocer Ávila; Directora de Organización, Métodos y Mejora Regulatoria
Luis Pablo Bustamante Beltrá; Secretario de Bienestar
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Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza
López Rodríguez Reyna Yesenia . Directora de Certificación, Enlace y Mejora Regulatoria
11/11/2024
Reglamento Interior del Centro Estatal de Evaluación y Control de confianza
Trabajo, Administración pública
a) Emitir. La creación de una nueva regulación; d) Abrogar. La eliminación de una regulación
Lic. Gastón Octavio Montiel Peláez Jefe de Departamento de Normatividad Jurídica y Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
El Reglamento Interno del Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza es un documento normativo que establece las facultades y competencias de las unidades administrativas que integran la institución
Actualmente el Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza se encuentra en transición para ser un órgano desconcentrado de la Secretaria de Gobierno, por lo que se requiere actualizar el reglamento vigente, alineado con la estructura de la Secretaria de Gobierno, lo cual pudiese ocasionar que las personas servidoras públicas no tengan claras sus facultades dentro de su marco de actuación. Así mismo se pretender enriquecer el reglamento con un nuevo capítulo referente, a la parte administrativa y control del recurso humano
Con la publicación en el Periódico Oficial del Decreto Número 008, el Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza ha iniciado con el proceso de emisión de un nuevo marco normativo administrativo, esto con la finalidad de alinear el reglamento interior con la normatividad vigente
Mayor eficiencia en tramites y servicios en apego a la normatividad y marco legal del Estado de Quintana Roo
Ley Orgánica de la Administración Pública del estado de Quintana Roo; Artículo 46 fracción XXX. Reglamento interior del Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza del Estado de Quintana Roo; Artículo 14 fracciones IX y XIII
01/04/2025
15/04/2024
Lic. López Rodríguez Reyna Yesenia . Directora de Certificación, Enlace y Mejora Regulatoria
Cap. Corb. I.M. P. González Herrera Alonso Axell. Director General del Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza
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Instituto de Infraestructura Fisica Educativa del Estado de Quintana Roo
Lic. Yulia Kirenia Atondo Herrera. Encargada de la Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales, Mejora Regulatoria y Archivos
11/11/2024
Manual de Procedimientos del Instituto de Infraestructura Fisica Educativa del Estado de Quintana Roo
Manuales Administrativos
Reformar- Modificacion de una regulacion vigente
Lic. Yulia Kirenia Atondo Herrera. Encargada de la Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales, Mejora Regulatoria y Archivos
El manual de procedimientos es un instrumento de importancia por el cual se permite conocer la operación de la organización del Instituto de Infraestructura Física Educativa del Estado de Quintana Roo, siendo este de apoyo para el funcionamiento de cada una de las unidades administrativas
No hay un instrumento jurídico actualizado en el que explique al personal de nuevo ingreso o de escalafón, de manera detallada y puntual los procedimientos a seguir por cada Unidad Administrativa del Instituto
Herramienta de trabajo que explica de manera amplia y detallada sobre el quehacer de cada una de las unidades administrativas, también como orientar al personal en la ejecución de las distintas funciones operacionales asignadas a cada área administrativa, delimitar responsabilidades, evitar duplicidades e identificar omisiones, sirve también como instrumento de apoyo para el control, evaluación y seguimiento de los objetivos institucionales
El presente manual coadyuva a lograr los objetivos del instituto de ofrecer servicios de calidad eficiente y puntual para satisfacer las necesidades de planeación, construcción, rehabilitación, mantenimiento y suministro de mobiliario y equipo para los espacios educativos del Estado, así también informar al público en general sobre el funcionamiento de este Organismo Descentralizado
Ley Organica de la Administración Pública Estatal, artículo. 30, Fracción X. Además del Reglamento Interior del IFEQROO, artículo 11, fracción XVII; así como el Acuerdo por el que se emite la elaborción del Manual de Procedimientos para las institucions de la administración pública del Estado de Quintana Roo
17/04/2025
18/04/2025
Lic. Yulia Kirenia Atondo Herrera. Encargada de la Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales, Mejora Regulatoria y Archivos
Ing. Aldo Andrés Castro Jiménez. Encargado del Despacho de la Dirección General
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Coordinación General de Comunicación
Cesar Guadalupe Dzul Tuz. Director Jurídico y Titular de la Unidad de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales
12/11/2024
Reglamento Interior de la Coordinación General de Comunicación del Gobierno del Estado de Quintana Roo
Administración pública
b) Reformar . La modificación de una regulación vigente
Cesar Guadalupe Dzul Tuz Director Juridico y Titular de la Unidad de Transparecia, Aceso a la información Publica y proteccion de Datos Personales
El Reglamento Interior tiene por objeto regular la organización y funcionamiento de la Coordinación General de Comunicación del Gobierno del Estado de Quintana Roo, así como establecer las facultades y competencias de las personas titulares de cada una de las unidades administrativas que la integran
El documento normativo se encuentra desactualizado, con la acción regulatoria se pretende que la unidades admistrativas tengan el sustento legal de las activades que al dia de hoy realizan con el objeto de contar con un marco normativo que regule realmente aquellas y evitar facultades asignadas inoperantes por la misma unidad
La justificacion en adicion a las razones expuestas en la problematica tienden a contar con una nueva dinamica acorde a la actualidad
El Reglamento Interior permitirá tanto a la ciudadanía, como a las personas servidoras pUblicas conocer sus funciones, facultades y obligaciones además de mejorar los procesos internos
Articulo Sexto del Acuerdo de creación de la Coordinación General de Comunicación, 10 fracciones X y XI del Reglamento Interior de la Coordinación General de Comunicación del Gobierno del Estado de Quintana Roo
28/03/2025
11/04/2025
Cesar Guadalupe Dzul Tuz Director Jurídico y Titular de la Unidad de Transparecia, Acceso a la Información Publica y Datos Personales
Licda. Laura Aguilar Loredo. Coordinadora General de Comunicación del Gobierno del Estado de Quintana Roo
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Secretaría de Desarrollo Territorial y Urbano Sustentable
Carlos Aguilar Medrano, Subsecretario de Gestión Territorial y Mejora Regulatoria
13/11/2024
Manual de Procedimientos de la Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable
Administración pública
a) Emitir. La creación de una nueva regulación
Carlos Aguilar Medrano, Subsecretario de Gestión Territorial y Mejora Regulatoria
El Manual de Procedimientos tiene por objeto describir, enumerar y delimitar las tareas que realizan cada una de las Unidades Administrativas de la Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable, precisando el ámbito de competencia de cada una de ellas, a fin de establecer una secuencia lógica de cómo se ejecutan los procedimientos y hacerlos de conocimiento a la ciudadanía y personas servidoras públicas que lo llevan a cabo
La Secretaría no cuenta con un documento normativo que establezca las actividades que debe realizar cada Unidad Administrativa para la realización de un proceso, el presente instrumento determinará la participación y responsabilidad de cada área o puesto en forma metódica, en este sentido, la emisión de la regulación otorgará certeza y validez en la ejecución de los procedimientos
Establecer de manera clara y comprensiva los pasos a seguir de un procedimiento, con el fin de cumplir con los objetivos y metas de la Secretaría, así mismo, dar a conocer a todo el personal y ciudadanía las responsabilidades de cada Unidad Administrativa
Conocer la tramitología de los procedimientos que se llevan a cabo en la Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable, reduciendo los tiempos y costos en la obtención de los mismos
Artículo 13 fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría deDesarrollo Territorial,Urbano y Sustentable y Manual de Organización de la Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable
14/03/2025
25/04/2025
Alfredo Díaz Santín, Director de Desarrollo Administrativo y Mejora Regulatoria
Ing. Armado Lara De Nigris, Secretario de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable
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Instituto de Movilidad del Estado de Quintana Roo
Lic. Marissa Iveth Cachón Gonzales, Directora de Tramites , Servicios, Mejora Regulatoria y Registro Público de Movilidad y enlace de Mejora regulatoria
12/11/2024
Reglamento de la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo en Materia de Tránsito
Transporte, Movilidad
b) Reformar . La modificación de una regulación vigente
Mtro.Edwin Iván Aguilar Laguardia Director de Asuntos Jurídicos y Titular de la Unidad de Transparencia Acceso a la Información Publica y Protección de Datos Personales
El Reglamento tiene como objeto proveer en la esfera administrativa la exacta observancia de la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo, garantizando a las personas el ejercicio del derecho humano a la movilidad y de otros derechos humanos vinculados con el mismo, así como el acceso a instalaciones y servicios, atendiendo a las necesidades que derivan de las políticas en materia de movilidad señaladas en la reciente reforma realizada a la Ley de Movilidad mediante decreto 259 publicado el 24 de julio del 2024 del Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo. Asimismo, se pretende realizar las reformas, adiciones y derogaciones correspondientes de acuerdo con las modificaciones que se realizaran a la Ley de Movilidad el siguiente año con el objetivo de que la misma se encuentre homologada a la Ley General de Movilidad y Seguridad vial
Las problemáticas resolver son en materia de seguridad vial, sostenibilidad, eficiencia del sistema de transporte y la accesibilidad para todos los ciudadanos, abordando varios aspectos, como: 1. Seguridad vial: Modificación de la norma para reducir accidentes y mejorar la seguridad de peatones, ciclistas y conductores 2. Sostenibilidad: Impulsar el uso del transporte público, la bicicleta, micro movilidad y otros medios sostenibles para reducir las emisiones de gases contaminantes 3. Accesibilidad y movilidad inclusiva: establecer pautas que aseguren que las personas con discapacidades o con necesidades especiales puedan acceder al transporte público de manera adecuada 4. Regulación de la movilidad: Mejorar la gestión de la movilidad en las ciudades, abordando problemas de congestión, uso del espacio público y desarrollo de infraestructuras 5. Armonizar los aspectos regulatorios de las nuevas modalidades de transporte establecidas en la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo y sus reformas 6. Establecer las bases especificas respecto a las disposiciones incorporadas y reformadas a la Ley de Movilidad mediante decreto 259 publicado el 24 de julio del 2024 en el Periódico Oficial del Estado
La reforma al Reglamento de la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo, se justifica principalmente por la necesidad de adaptar las disposiciones legales a los cambios que afectan al sistema de transporte en el Estado derivados de recientes reformas y adiciones a la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo, realizadas mediante el Decreto 259 publicado el 24 de julio del 2024 en el Periódico Oficial del Estado. Ya que a medida que se diversificaron los medios de transporte, incorporaron funciones y nuevas políticas de movilidad. Con el objetivo de contar con un reglamento que brinde observaciones claras y precisas para asegurar el cumplimiento efectivo de la Ley que sea flexible y capaz de incorporar estas nuevas formas de movilidad de manera segura y eficiente, proporcionando así al instituto herramientas más claras para supervisar y hacer cumplir la ley, facilitando la labor administrativa y en el proceso de sanción y control. Esto es especialmente relevante para asegurar el diseño correcto y ejecución efectiva de las disposiciones como; el señalamiento de que los motociclistas porten chalecos reflejantes que tengan impreso el número de placa entre otras
Los beneficios que se tendrán son: • Actualización de la regulación de procesos y funciones de acuerdo con las reformas realizadas a la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo • Ejecutar de manera efectiva las políticas de movilidad • Fortaleciendo la gestión administrativa al establecer procedimientos más definidos Lo que traerá como consecuencia la reducción de tiempos de respuesta en los tramites y servicios solicitados lo que beneficiara a la ciudadanía, así como mejoras en la Movilidad y Seguridad Vial
Artículos 90 fracción III, 91 fracción VI, y 93 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, Artículos 1,2, 3 y 11 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, Artículos 17 fracción III de la Ley de Movilidad del Estado de Quintana roo
01/03/2025
30/04/2025
Briseydi del Carmen Hernandez Garcia
Mtro.Luis Rodrigo Alcazar Urrutia, Director General del Instituto de Movilidad del Estado de Quintana Roo.
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Instituto de Movilidad del Estado de Quintana Roo
Lic. Marissa Iveth Cachón Gonzales, Directora de Tramites , Servicios, Mejora Regulatoria y Registro Público de Movilidad y enlace de Mejora regulatoria
12/11/2024
Estatuto Orgánico del Instituto de Movilidad del Estado de Quintana Roo
Transporte, Movilidad
b) Reformar . La modificación de una regulación vigente
Mtro. Edwin Iván Aguilar Laguardia, Director de Asuntos Jurídicos y Titular de la Unidad de Transparencia Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
La regulación tiene por objeto regular la organización y funcionamiento del Instituto de Movilidad del Estado de Quintana Roo, así como establecer las facultades y competencias de las y los titulares de las Unidades Administrativas y delegaciones que lo integran, de conformidad con nuevas funciones establecidas en la reciente reforma realizada a la Ley de Movilidad mediante decreto 259 publicado el 24 de julio del 2024 en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo. Asimismo, se pretende realizar las reformas, adiciones y derogaciones correspondientes de acuerdo con las nuevas funciones que sean incorporadas tras la modificación que se realizara a la Ley de Movilidad el siguiente año con el objetivo de que la misma se encuentre homologada a la Ley General de Movilidad y Seguridad vial
Las problemáticas que se pretenden resolver con la propuesta regulatoria otorgar certeza jurídica, mediante el establecimiento de las unidades administrativas y delegaciones, regulando la organización y el ejercicio de sus atribuciones y facultades
Es de suma importancia para el Instituto de Movilidad, cuente con una disposición normativa que regule la organización y el ejercicio de sus atribuciones y facultades de acuerdo con la estructura orgánica aprobada y a las misma que se ha actualizado en atención a las nuevas funciones que le fueron otorgadas al Instituto a través de las reformas y adiciones a la ley de Movilidad y su reglamento publicadas en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo. Asimismo, es de suma importancia realizar la homologación del nombre de las unidades administrativas a fin de otorgar certeza jurídica en los actos que realizan las unidades administrativas en el ejercicio de sus funciones
Los beneficios que se tendrán son: • Actualización de la regulación de funciones de acuerdo con las reformas realizadas a la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo y su reglamento • Ejecutar de manera efectiva las reformas de la estructura orgánica de Instituto de movilidad • Fortalecer la gestión administrativa al establecer las funciones a las unidades administrativas de manera más definidas Trayendo beneficios a la ciudadanía al mejorar los tiempos de respuesta y otorgándoles certeza jurídica
Artículo 63 fracción IX de la Ley de las Entidades de la Administración pública Paraestatal del Estado de Quintana Roo; Artículos 20, 21 párrafo primero y 34 Fracción III de la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo
01/03/2025
30/04/2025
C.Briseydi del Carmen Hernandez Garcia, Auxiliar Administrativo
Mtro.Luis Rodrigo Alcazar Urrutia, Director General del Instituto de Movilidad del Estado de Quintana Roo
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Secretaría Ejecutiva del Sistema de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del estado de Quintana Roo
Laura Verónica Ramírez Sauri; Directora Operativa, Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, Mejora Regulatoria y Archivos
13/11/2024
Manual de Organización de la Secretaría Ejecutiva del Sistema de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Quintana Roo
Administración pública
a) Emitir. La creación de una nueva regulación
Laura Verónica Ramírez Sauri - Directora Operativa, Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, Mejora Regulatoria y Archivos
El Manual se circunscribe a las actividades que se desarrollan en la Secretaría Ejecutiva, para lo cual, se recoge la praxis y experiencia obtenida por cada uno de sus integrantes. El documento representará para los servidores públicos y particulares en general, una fuente de referencia y consulta que oriente en forma veraz respecto de la organización y funcionamiento de la Secretaría Ejecutiva
La Secretaría Ejecutiva del Sistema de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, se creó en noviembre de 2018 y que aún no se cuenta con el Manual de Organización se estima conveniente la creación de este ordenamiento para precisar las atribuciones de la Secretaría, establecer la delimitación de las responsabilidades, ámbitos de competencia y la interrelación de las actividades de las distintas áreas que integran la Secretaría Ejecutiva
Proporcionar, en forma precisa la información básica de la organización y funcionamiento de la unidad responsable como una referencia obligada para lograr el aprovechamiento de los recursos y el desarrollo de las funciones encomendadas
Con la emisión del instrumento normativo y su publicidad, permitirá que la ciudadanía conozca las estructuras y niveles que conforman a la institución, las funciones de cada una y el desarrollo de las mismas
Artículo 30, fracción X de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal del Estado de Quintana Roo en el que se precisa la expedición de los manuales de organización de las dependencias de la Administración Pública estatal
10/12/2024
30/04/2025
Laura Verónica Ramírez Sauri - Directora Operativa, Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, Mejora Regulatoria y Archivos
Jorge Isaías Quintanilla Osorio - Encargado de Despacho de la Secretaría Ejecutiva del Sistema de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes
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Secretaría de Educación
Heraclio Morales Ponce Subsecretario de Administración y Finanzas y Responsable Oficial de Mejora Regulatoria
14/11/2024
Reglas de Operación del Programa de Becas para Mujeres en Educación Superior (BMES)
Educación
b) Reformar . La modificación de una regulación vigente
Mtra. Flora María Casanova Ramírez Directora de Educación Superior
Se regulará el proceso, requisitos, beneficios obligaciones y cancelaciones, el otorgamiento del apoyo del Programa de Becas para Mujeres en Educación Superior
Como resultado de la falta de información clara y precisa en el proceso del otorgamiento del apoyo del Programa de Becas para Mujeres en Educación Superior (BMES) y apetición de las Instituciones Públicas de Educación Superior (IPES), se llevará a cabo modificaciones en las Reglas de Operación de dicho programa, con el propósito reducir , facilitar y dejar más explícito dicho documento, para el otorgamiento del apoyo
Se llevará a cabo modificaciones en las Reglas de Operación de dicho programa, con el propósito reducir, facilitar y dejar más explícito dicho documento, para el otorgamiento del apoyo
La Secretaria de Educación de Quintana Roo contará con un instrumento normativo en el que se precisarán las principales características, procedimientos, y requisitos de cada trámite, el cual brindará y servirá a todas las estudiantes mujeres matriculadas en una Institución Pública de Educación Superior que, serán la población objetivo
Artículo 5 - Reglamento Interior de la Secretaría de Educación
30/03/2025
30/04/2025
Lic. Reyna Susana Ayala Macías.- Jefa de Departamento de Educación Superior en la SEQ
Dra. Elda María Xix Euán.- Secretaria de Educación de Quintana Roo
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Secretaría de Educación
Heraclio Morales Ponce Subsecretario de Administración y Finanzas y Responsable Oficial de Mejora Regulatoria
14/11/2024
Reglas de Operación del Programa de Becas Escolares de Educación Básica
Educación
b) Reformar . La modificación de una regulación vigente
Lic. María Concepción Domínguez Cruz Directora de Organización. Métodos y Sistema de Control Interno
Se regulará el proceso, requisitos, beneficios, cobertura y obligaciones, para el otorgamiento de un apoyo económico que consiste en una Beca Escolar, a los/las NNA en condiciones de pobreza, inscritos en alguno de los Centros Educativos Públicos de modalidad escolarizada de educación primaria y secundaria, ubicadas en Zona Urbana y preferentemente en Zonas de Atención Prioritaria Urbanas
Derivado al ciclo escolar 2025 - 2026 se realizara el proceso del otorgamiento del apoyo del Programa de Becas Escolares de Educación Básica, se llevará a cabo la elaboración de las Reglas de Operación de dicho programa, con el propósito de establecer la normatividad de como se debe de operar el Programa antes mencionado. La problemática que se pretende resolver con la propuesta de las Reglas de Operación del Programa de Becas Escolares de Educación Básica está orientada a enfrentar los retos y desafíos asociados con la falta de acceso, permanencia y continuidad educativa de los estudiantes de nivel básico, así como a garantizar una distribución justa y efectiva de los apoyos
Establecer un marco normativo que regule su funcionamiento, garantizando transparencia, equidad y eficacia en la entrega de los apoyos, del Programa Becas Escolares de Educación Básica
La Secretaria de Educación de Quintana Roo contará con un instrumento normativo en el que se precisarán las principales características, procedimientos, y requisitos que tendrán el Programa de Becas Escolares de Educación Básica, el cual brindará a la población certeza jurídica, y servirá para consulta
Artículo 5 - Reglamento Interior de la Secretaría de Educación
30/03/2025
30/04/2025
Lic. Encarnación Novelo Martín.- Jefe de Departamento de Organización y Métodos
Dra. Elda María Xix Euán.- Secretaria de Educación de Quintana Roo
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Universidad del Caribe
Mtro. Rodrigo A. Morales Cámara. Secretario de Planeación y Desarrollo Institucional
13/11/2024
Reglamento Interior de la Universidad del Caribe
Administración pública
a) Emitir. La creación de una nueva regulación
Mtro. Rodrigo A. Morales Cámara. Secretario de Planeación y Desarrollo Institucional
Documento de carácter normativo, derivado de las atribuciones descritas en el Decreto de Creación de la Universidad del Caribe, en el cual se establecen las facultades de las Unidades Responsables de la lnstitución
Omisión de cumplimiento de obligaciones o ejercicio de derechos por parte de las Unidades Responsables de la Universidad del Caribe
Delegar facultades y obligaciones a las Unidades Responsables de la Universidad del Caribe, acorde a la estructura orgánica vigente
- Ejercicio de facultades de las Unidades Responsables conforme a su esfera de competencia y a las atribuciones de la Universidad del Caribe. - Definir las facultades de las Unidades Responsables de la Universidad del Caribe, mismas que servirán de base para continuar con el proceso de modernización del marco normativo-administrativo
Artículo 13, fracción IV, y artículo 18, fracción VI del Decreto por el que se crea la Universidad del Caribe como un Organismo Descentralizado del Poder Ejecutivo del Estado de Quintana Roo, de interés público y social, con personalidad jurídica y patrimonios propios, sectorizado a la Secretaría de Educación y Cultura del Estado
28/02/2025
30/04/2025
Mtro. Rodrigo A. Morales Cámara. Secretario de Planeación y Desarrollo Institucional
Lic. Marisol Vanegas Pérez. Rectora.
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Universidad del Caribe
Mtro. Rodrigo A. Morales Cámara. Secretario de Planeación y Desarrollo Institucional
13/11/2024
Estatuto Orgánico de la Universidad del Caribe
Administración pública
d) Abrogar. La eliminación de una regulación
Mtro. Rodrigo A. Morales Cámara. Secretario de Planeación y Desarrollo Institucional
Se deja sin efecto la obligatoriedad del Estatuto Orgánico de la Universidad del Caribe
La falta de validez, vigencia y coherencia regulatoria de esta normatividad, que se desprende del Decreto de Creación de la Institución y la estructura orgánica vigente
El presente instrumento normativo se encuentra obsoleto y desactualizado toda vez que ya no se encuentra alineado a la estructura orgánica de la Universidad del Caribe, y demás normatividad que se encuentra en proceso de actualización
Contar con regulaciones actuales de acuerdo con el marco normativo de la Universidad del Caribe y su estructura orgánica vigente
- Artículo 18, fracción VI, del Decreto por el que se crea la Universidad del Caribe como un Organismo Descentralizado del Poder Ejecutivo del Estado de Quintana Roo, de interés público y social, con personalidad jurídica y patrimonios propios, sectorizado a la Secretaría de Educación y Cultura del Estado - Artículo 45 del Estatuto Orgánico de la Universidad del Caribe
28/02/2025
30/04/2025
Mtro. Rodrigo A. Morales Cámara. Secretario de Planeación y Desarrollo Institucional
Lic. Marisol Vanegas Pérez. Rectora
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Fundación de Parques y Museos de Cozumel, Quintana Roo
Mtra. Linyu Rachella Arjona Esquivel, Titular de la unidad de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales
01/12/2024
Reglamento interior de la fundación de parques y museos de Cozumel, Quintana Roo
Administración pública
b) Reformar . La modificación de una regulación vigente
Mtra. Linyu Rachella Arjona Esquivel, Titular de la unidad de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales
Reformar el Reglamento Interior con la finalidad de normar la organización y funcionamiento de la FPMC, reglamentar la integración y funcionamiento de su H. Consejo Directivo, así como de sus unidades administrativas, definiendo y estableciendo sus atribuciones, facultades y obligaciones
La reforma permitirá adecuarse al organigrana de la Institución y evitará la problemática de no regular las facultades y atribuciones de las unidades actualizadas esto para el cumpimiento de las normativas vigentes
Actualizar las funciones administrativas de cada unidad dentro de la Entidad, en apego a las disposiciones normativas del Gobierno del Estado
Tener conocimiento previo a través de la publicación de la misma la conformación de la Entidad
Artículo 27 fracción IX y 30 fracción XIV del Decreo por el que se Reforma Integralmente el Decreto de Creación de la Fundación de Parques y Museos de Cozumel, Quintana Roo
13/12/2024
30/04/2025
Mtra. Linyu Rachell Arjona Esquivel., Directora Jurídica y Titular de la Unidad de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
Lic. Juanita Obdulia Alonso Marrufo